08 de Junio de 2026
Edición 7470 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/06/2026
Diario Judicial

El comisario actuó bien

El STJ de Corrientes absolvió a un comisario condenado por privación de la libertad en una investigación por abigeato. Para los jueces, el oficial actuó dentro de las facultades que le otorgaba la ley.

(Foto de Vinicius Pontes)

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes revocó una condena de dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación especial impuesta a un comisario de Monte Caseros y ordenó  su absolución por el delito de privación ilegítima de la libertad. 

El máximo tribunal provincial consideró que el oficial actuó dentro de las facultades que le otorgaba la normativa procesal vigente en el marco de una investigación penal por abigeato iniciada en septiembre de 2016, tras la denuncia por la desaparición de 120 cabezas de ganado en la zona.

 

“La sentencia confunde falta de éxito en la investigación con arbitrariedad en la detención”, sostuvo el fallo.

 

Los jueces del Tribunal Oral había considerado que la detención ordenada por el comisario resultaba arbitraria. El oficial se desempeñaba entonces como jefe del área de Probabilidad de Repetición de Hechos Delictivos (PRIAR) y, en las primeras horas de la investigación, ordenó la aprehensión de un hombre señalado por testimonios e indicios recolectados en el lugar. 

El sospechoso permaneció detenido e incomunicado mientras se realizaban diligencias vinculadas al abigeato y, tras recuperar la libertad, denunció al comisario.

Para el STJ, “la legalidad de una detención policial no se juzga por si el sospechoso termina siendo culpable o no, sino por si al momento de efectivizar la medida existían elementos objetivos para sospechar”. 

“La sentencia confunde falta de éxito en la investigación con arbitrariedad en la detención”, sostuvo el fallo, que lleva la firma de Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan,

En esa línea, el tribunal entendió que, en etapas iniciales de una causa penal, no se exige el mismo grado de certeza que en instancias posteriores y que el comisario obró dentro de los márgenes que la ley procesal le reconocía a la policía en ese entonces.

"La norma procesal que faculta a aprehender ante "indicios vehementes" (Art. 288 CPP) se torna absolutamente operativa ante la concurrencia de una denuncia por 120 animales desaparecidos, sumado a testimonios que indicaban cargas nocturnas y movimientos en la Forestación Sauce Viejo (donde Borgo operaba), y ello configura el indicio vehemente en el contexto de la urgencia rural", concluyó la sentencia. 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2026 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486