26 de May de 2026
Edición 7461 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/05/2026
Diario Judicial

Una patada con secuelas

Una ART deberá indemnizar a una enfermera que quedó con una incapacidad laboral, tras las lesiones que sufrió al recibir la patada de un niño cuando intentaba vacunarlo.

La Cámara del Trabajo de Viedma ordenó indemnizar a una enfermera que sufrió secuelas tras recibir la patada de un niño cuando intentaba colocarle una vacuna.

La enfermera, que se desempeñaba en el Hospital de Viedma, relató que el golpe en el hombro derecho le provocó un daño que requirió atención médica prolongada, múltiples tratamientos y una cirugía. 

 

En el marco del proceso se realizaron dos pericias clave. La pericia médica confirmó dolor persistente y limitaciones en la movilidad del hombro derecho, a pesar de los tratamientos y la cirugía. 

 

Pese a haber retomado sus tareas laborales, persisten molestias físicas que limitan su movilidad. Además, desarrolló un cuadro ansioso-depresivo asociado al dolor crónico, que afecta sus actividades cotidianas, sociales y recreativas.

La trabajadora inició una acción judicial contra su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) luego de que esta reconociera el accidente laboral y otorgara las prestaciones médicas hasta el alta, pero rechazara la existencia de una incapacidad superior a la determinada por la Comisión Médica. 

La enfermera cuestionó especialmente la evaluación de las secuelas psicológicas.

En el marco del proceso se realizaron dos pericias clave. La pericia médica confirmó dolor persistente y limitaciones en la movilidad del hombro derecho, a pesar de los tratamientos y la cirugía. 

La pericia psiquiátrica, por su parte, diagnosticó un daño psíquico vinculado directamente al accidente laboral, manifestado en un cuadro ansioso-depresivo que impacta significativamente en la calidad de vida de la profesional.

La Cámara Laboral analizó ambos informes y consideró que resultaban consistentes con las constancias del expediente. Los jueces remarcaron que no existían elementos suficientes para apartarse de las conclusiones de los especialistas y, en consecuencia, acreditaron la incapacidad laboral parcial y permanente. 

“Del análisis histórico biográfico, el nivel de funcionamiento de la personalidad previo a la contingencia laboral que mencionara, presentaba estabilidad en su autoestima, con adaptación a situaciones estresantes de la vida cotidiana. El peritado refiere en su relato, haber presentado síntomas de ansiedad y del estado de ánimo compatibles con un Trastorno adaptativo a raíz de lo que vivenció como un conflicto laboral”, sostuvo la pericia que ponderaron los magistrados.

Por ello, condenaron a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. a abonar a la trabajadora la suma correspondiente a la reparación por dicha incapacidad.

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