
En los autos “CODEC c/ TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. s/ LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR”, y en el marco del Incidente N° 7 de ejecución de sentencia, el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla, resolvió homologar un acuerdo transaccional celebrado entre la asociación de consumidores actora y la empresa demandada, poniendo fin a un litigio colectivo iniciado hace más de una década.
El proceso tuvo su origen en una demanda promovida en 2014 por el Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (CODEC), que cuestionó el cobro del concepto “SVA-TB” (Servicios de Valor Agregado en telefonía básica), facturado a usuarios sin consentimiento previo.
“El Acuerdo Transaccional 3.1 Consumidores alcanzados: alcanza a todas las personas que hayan sido clientes y ex clientes de TASA (y posteriormente de TMA, por la fusión indicada en el punto 2.5 del presente Acuerdo Transaccional) -salvo aquellos que hubieran ejercido el derecho de exclusión previsto en el art. 54 LDC o hubieran promovido reclamos individuales-, que hayan abonado cualquier monto que tenga como causa el abono “SVA TB”, hasta la fecha del efectivo cese del cobro de dicho cargo.”
En agosto de 2023, el juzgado dictó sentencia de fondo haciendo lugar a la acción, declarando la nulidad del cobro, ordenando su cese y disponiendo la devolución de las sumas percibidas con más intereses calculados a la tasa activa del Banco Nación incrementada en un 50%, además de aplicar multas y daños punitivos.
“El Acuerdo Transaccional 3.1 Consumidores alcanzados: alcanza a todas las personas que hayan sido clientes y ex clientes de TASA (y posteriormente de TMA, por la fusión indicada en el punto 2.5 del presente Acuerdo Transaccional) -salvo aquellos que hubieran ejercido el derecho de exclusión previsto en el art. 54 LDC o hubieran promovido reclamos individuales-, que hayan abonado cualquier monto que tenga como causa el abono “SVA TB”, hasta la fecha del efectivo cese del cobro de dicho cargo.”, se aclaró en la sentencia homologatoria.
La complejidad del caso quedó reflejada en la etapa de ejecución, donde el propio magistrado había advertido las dificultades para individualizar a los beneficiarios y cuantificar los montos, en atención a la extensión temporal del reclamo y la cantidad de usuarios alcanzados.
“Con carácter estrictamente transaccional, es decir, sin reconocer hechos ni derechos y sujeto a la homologación del presente Acuerdo Transaccional, TMA se compromete a distribuir entre los Clientes Alcanzados un importe total de Doce Mil Seiscientos Cuarenta Millones Novecientos Un mil, Doscientos Cincuenta y Dos Pesos, con Cuarenta Centavos ($12.640.901.252,40 en adelante, el “Importe total a Reintegrar”).”
En ese contexto, las partes arribaron a un acuerdo transaccional que fue sometido a control judicial, conforme lo previsto en el artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor, que regula los procesos colectivos. El acuerdo contempla la devolución de un monto total de $12.640.901.252,40, destinado a usuarios y ex usuarios de todo el país que hubieran abonado el cargo cuestionado desde junio de 2014.
“Con carácter estrictamente transaccional, es decir, sin reconocer hechos ni derechos y sujeto a la homologación del presente Acuerdo Transaccional, TMA se compromete a distribuir entre los Clientes Alcanzados un importe total de Doce Mil Seiscientos Cuarenta Millones Novecientos Un mil, Doscientos Cincuenta y Dos Pesos, con Cuarenta Centavos ($12.640.901.252,40 en adelante, el “Importe total a Reintegrar”).”, se estableció en los fundamentos.
En cuanto al mecanismo de devolución, el acuerdo establece distintas modalidades: los clientes actuales recibirán créditos en sus facturas dentro de los dos meses posteriores a la homologación, mientras que los ex clientes percibirán transferencias bancarias o podrán cobrar en sucursales habilitadas mediante acreditación de identidad.
Asimismo, se fijaron plazos para la ejecución del acuerdo, 60 días para clientes activos y hasta 180 días para ex clientes, junto con penalidades en caso de incumplimiento, calculadas en función de tasas del Banco Central.