17 de Abril de 2026
Edición 7436 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/04/2026
Diario Judicial

Condena suprema al travesticidio

El Máximo Tribunal rechazó un recurso presentado por una persona condenada a la pena de prisión perpetua por matar a una mujer trans por odio a su identidad de género.

(Darina Belonogova)

La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso presentado por una persona condenada por matar a una mujer trans por odio a su identidad de género.

En 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 26 condenó a Rodrigo Alejandro Keilis a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por haber sido cometido con violencia de género en concurso real con hurto.

Se probó que Keilis mató a Alejandra Salazar Villa —de identidad de género travesti/trans— el 6 de diciembre de 2020, en el interior de la vivienda que ella habitaba sobre la avenida Corrientes, en la ciudad de Buenos Aires. 

Según el alegato del Ministerio Público Fiscal, el 6 de diciembre de 2020, alrededor de las 18.30, Salazar Villa salió de un supermercado ubicado sobre la calle Bartolomé Mitre al 1500 y se dirigió a su vivienda, ubicada a pocas cuadras de allí. Tras caminar por la calle y llegar a la Avenida Callao, se topó con Keilis y con otro hombre, con quienes comenzó a interactuar.

El acusado la ayudó a cargar la bolsa con mercadería hasta llegar a su casa, ubicada sobre la Avenida Corrientes al 2200 e ingresó, mientras el otro individuo lo esperó afuera. En ese momento, y de acuerdo a lo que reconstruyó la fiscalía, Keilis cubrió la cabeza de la víctima con una de las bolsas de supermercado y la asfixió tomándola fuertemente del cuello.

 

“Alejandra no ha podido escapar al destino predeterminado de la mayoría de las mujeres travestis y trans que viven en las condiciones mencionadas. Nos encontramos ante una muerte anticipada y violenta en manos de un varón que logra acceder con mucha facilidad a la esfera íntima, aprovechando de su confianza”, dijo el fiscal durante el juicio.

 

Tras el ataque, se apoderó de un televisor, de algunas cosas de la casa y de la llave magnética del edificio y se escapó del lugar. Abordó un taxi sobre la calle Uriburu y se dirigió al barrio de Constitución, de acuerdo a lo que se pudo establecer mediante testimonios y filmaciones. Si bien en el requerimiento de elevación a juicio también estaba imputado el hombre que estaba con Keilis, para la fiscalía no existieron elementos que lo vinculen con el hecho, por lo que requirió su absolución.

“Alejandra no ha podido escapar al destino predeterminado de la mayoría de las mujeres travestis y trans que viven en las condiciones mencionadas. Nos encontramos ante una muerte anticipada y violenta en manos de un varón que logra acceder con mucha facilidad a la esfera íntima, aprovechando de su confianza”, dijo el fiscal durante el juicio.

La defensa interpuso un recurso de casación en el que planteó la inconstitucionalidad de los artículos 14 y 80 del Código Penal, y del artículo 56 bis de la Ley 24.660. Sin embargo, la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió, por mayoría, declarar inadmisible el planteo de inconstitucionalidad de las normas invocadas.

Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal, pero este recurso fue declarado parcialmente admisible, únicamente en lo que respecta al cuestionamiento a la imposición de la pena de prisión perpetua en el caso concreto. Se denegó, en cambio, en lo referido al agravio por la violación al principio de congruencia.

Contra esta denegatoria parcial, la defensa presentó un recurso de queja. En este escenario, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti consideraron que los agravios sobre este punto fueron formulados en términos genéricos e insuficientes para habilitar su tratamiento. 



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Melody Barrera fue asesinada en 2020
Fue travesticidio
Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres
Femicidios y travesticidios en números

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2026 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486