La Provincia del Chaco sancionó la Ley 4228-C, que regula los honorarios de abogados y procuradores, estableciendo un nuevo sistema basado en la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) y fijando pautas obligatorias para su determinación en sede judicial y extrajudicial.
La norma reemplaza regímenes anteriores y declara a los honorarios como una retribución de carácter alimentario, independiente del resultado del proceso, con el objetivo de asegurar una remuneración adecuada por la actividad profesional.
La ley incorpora una regla central: toda actuación profesional se presume útil y necesaria, salvo decisión judicial fundada en contrario.
Además, crea el Observatorio de Cumplimiento de Honorarios (OCLA), con funciones de monitoreo, capacitación y seguimiento del cumplimiento del régimen, además de canalizar reclamos profesionales.
El nuevo esquema busca garantizar previsibilidad en la retribución profesional y establecer parámetros uniformes para la fijación de honorarios en toda la provincia.