11 de Diciembre de 2025
Edición 7353 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 12/12/2025

Kilómetros de trabajo, pero cero cobertura

Un chofer quedó sin cobertura por falta de aportes de su empleador y debió pagar estudios médicos para su hijo. Ahora, la Justicia de Entre Ríos le reconoció el daño moral por la angustia generada.

(Foto de Gustavo Fring)

En la causa “N., D. C. c/ Forestal Sauce Viejo S.A.”, el Juzgado del Trabajo de Concordia, a cargo de Melina E. Scattone, reconoció el daño moral sufrido por un chofer de larga distancia debido a la falta de aportes a la obra social por parte de su empleador, lo que derivó en la pérdida de cobertura médica para su hijo en un momento crítico.

El trabajador, representado por los abogados Martin E. Centurión y Alejandro Tosto, afirmó haber ingresado a la empresa el 8 de febrero de 2015, cumpliendo funciones como chofer de carga pesada de larga distancia, con jornadas de lunes a lunes, 10 horas diarias, recorriendo 13.000 km mensuales, incluyendo tareas de traslado, control de carga, descarga de postes de madera y de materia prima. La empresa, por su parte, sostuvo que el ingreso fue en septiembre de 2017, que los choferes no superaban los 800 km diarios y que el vínculo siempre estuvo registrado.

De este modo, se cuestionó la fecha de ingreso, los destinos y cantidad de kilómetros mensuales recorridos, la jornada de trabajo y si al actor se le liquidaba mensualmente una suma menor a la que le correspondía percibir. También si la empleadora cumplió con el pago de los aportes a la seguridad social y obra social.

Sobre este último punto, el trabajador relató que, ante dificultades en el desarrollo de su hijo, en enero de 2023 acudió a una consulta pediátrica donde se le informó que carecía de cobertura de obra social debido a falta de pago de aportes por parte de la empresa. Debió afrontar gastos médicos por $21.000, acreditados en factura: honorarios, examen oftalmológico y estudios necesarios frente a un posible cuadro de autismo.

 

La jueza -además del daño moral- reconoció el daño material por los gastos médicos afrontados, al verificarse que la empresa retenía aportes pero incumplía con su ingreso a la obra social.

 

El trabajador describió un estado de “angustia propia del estado de salud de su hijo” agravada por “la conducta de su empleador, tal la falta de pago de los aportes a la obra social, generando en él enojo, bronca y desesperación por la falta de medios necesarios y suficientes para brindar el tratamiento adecuado a su hijo”.

La perita psicóloga designada sostuvo que, si bien el chofer no padeció daño psíquico, los hechos “profundizaron los sentimientos de angustia y preocupación” al no poder contar con la mutual para cubrir estudios y tratamientos requeridos por el diagnóstico de su hijo.

En sus conclusiones expresó que la situación de salud del niño, sumada a la falta de obra social derivada de incumplimientos del empleador, generó un impacto emocional significativo en el trabajador. La jueza -además del daño moral- reconoció el daño material por los gastos médicos afrontados, al verificarse que la empresa retenía aportes pero incumplía con su ingreso a la obra social.



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