03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025
Primera condena de esta modalidad

Trata de personas por medios digitales

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a un hombre que convocaba a mujeres y las usaba como medio para ofrecer un ‘servicio sexual virtual’. Se ordenó reparación integral a las víctimas, la eliminación de todo material producido y el decomiso de los bienes del imputado.

(IA)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, confirmó la condena a 25 años de prisión impuesta a un hombre, de 38 años, por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 de la Ciudad de Buenos Aires en orden al delito de trata de personas con fines de explotación
sexual agravada.

Según se desprende de la causa, el imputado abusó y explotó sexualmente a tres mujeres a las que engañó con falsas promesas laborales para obligarlas a prostituirse o -a partir de la pandemia- a tener sexo virtual delante de webcams en diferentes departamentos del barrio porteño de Retiro. 

Como parte de la condena, el Tribunal dispuso una reparación económica integral para las damnificadas, la eliminación de todo contenido audiovisual generado con ellas, el decomiso de los bienes y sumas incautadas al imputado y la inclusión de su perfil genético en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.

La defensa, entre otros argumentos, cuestionó la supuesta privación de libertad, sugiriendo que las mujeres mantenían un vínculo consentido con el imputado, incluso de carácter afectivo. 

 

Durante el período del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia, el condenado trasladó la explotación al plano virtual. Según la investigación, el imputado organizaba encuentros sexuales a través de las plataformas, donde obligaba a la víctima a exponerse mediante una cámara web que él mismo le había provisto.

 

En este escenario, el juez Borinsky valoró la prueba y en particular los testimonios de las víctimas, de sus familiares y de integrantes de la Asociación Civil Madres y Víctimas de Trata, que acompañaron el rescate y su posterior asistencia.

Según se desprende de la causa, se probó la captación de las víctimas mediante anuncios engañosos en el diario Clarín, su sometimiento sexual tanto presencial como a través de plataformas virtuales durante la pandemia, las amenazas, el control mediante cámaras y la privación de libertad.

Durante el período del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia, el condenado trasladó la explotación al plano virtual. Según la investigación, el imputado organizaba encuentros sexuales a través de las plataformas, donde obligaba a la víctima a exponerse mediante una cámara web que él mismo le había provisto.

En su testimonio, la víctima describió el modus operandi: largas transmisiones online, dirigidas en tiempo real por el propio condenado, que la forzaba a mantener sesiones virtuales con clientes bajo condiciones de sometimiento y control permanente. A criterio del Ministerio Público Fiscal, esta nueva modalidad resultó “aún más cruel y tortuosa”, ya que no tenía límite ni descanso, le exigía la exposición constante, el manejo de códigos y lenguajes de exhibición que desconocía.



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