03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Menor con decisión propia

Tras ponderar como prueba fundamental el testimonio de una adolescente, un fallo autorizó a una menor a irse a vivir con su madre a España. La joven "ha dictado su propia sentencia", destacó el juez.

En la causa “XXX POR SU HIJA MENOR DE EDAD C/ XXX S/ AUTORIZACION JUDICIAL”, el Juzgado de Niñez, Familia y Adolescencia de Esquina, provincia de Corrientes, resolvió un conflicto familiar con el testimonio directo de la menor implicada. 

El caso se originó con la separación de una pareja y la decisión de que la menor viva en Rosario con su madre. Tras más de una década, la mujer se trasladó a vivir a España, donde consiguió trabajo y obtuvo la autorización del padre para el viaje pero, cuando venció el permiso, éste exigió el retorno de la adolescente.

 

El juez destacó que "fue una de las entrevistas con adolescentes más claras que tuve la oportunidad de escuchar, demostrando que la adolescente que es un verdadero sujeto de derechos y no solo un objeto de protección”.

 

Tras ser consultada por sus preferencias, la joven redactó un texto que fue incorporado como parte fundamental del fallo, donde manifestó su deseo de volver a vivir en España con su mamá y destacó que no quiere formar su centro de vida en Esquina.

“La adolescente expresa de manera clara su deseo de vivir con su madre en España, manifestando firmeza en su decisión y mostrando claridad en su proyecto de vida. Como establece la Convención sobre los Derechos del Niño, el derecho de los niños y adolescentes a ser escuchados en los procesos que los afectan es fundamental, y su opinión debe ser tenida en cuenta en función de su madurez”, destacó el magistrado Joaquín Romero Alves.

El juez destacó que "fue una de las entrevistas con adolescentes más claras que tuve la oportunidad de escuchar, demostrando que la adolescente que es un verdadero sujeto de derechos y no solo un objeto de protección”.

“Estamos frente a una situación poco usual en los procesos judiciales, en este caso en particular, X ha dictado su propia sentencia y la única función que me queda, conforme la obligación constitucional que me asiste, es darle fuerza de ley para sus padres”, dijo el titular del juzgado. 

“Al tratarse de una adolescente de 13 años, su voz tiene un peso relevante en la decisión, ya que está en una etapa de desarrollo en la que puede participar activamente en decisiones sobre su vida, siempre bajo un análisis profundo de si ese deseo se corresponde con su bienestar”.

Además, el informe menciona que la madre se muestra abierta y flexible, adaptándose a las circunstancias familiares y personales, respetando la decisión de su hijo mayor de vivir con el padre, y tomando en cuenta las necesidades psicoemocionales de sus hijos. 

“Estos aspectos reflejan que la madre cuenta con la capacidad de cuidar y acompañar a su hija en su proceso de desarrollo, brindándole apoyo emocional”.

Por todo lo expuesto, el juez ordenó que la menor se traslade a España a vivir con su madre y forme su centro de vida allí. 

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