Desde ahora, los reclamos laborales por enfermedades profesionales que han sido rechazados por la Comisión Médica Jurisdiccional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo podrán comenzar a tramitarse a través del procedimiento declarativo abreviado (PDA)
La medida, que comenzará a aplicarse en los tribunales laborales con asiento en Capital provincial, fue dispuesta por Acuerdo Reglamentario 1906 del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba y este supuesto está contemplado en el inciso “k”, del artículo 83 bis, de la Ley 7987 y sus modificatorias.
Este cambio fue anunciado durante la apertura del año judicial por parte del presidente del TSJ provincial, Luis E. Angulo, quien expresó su profunda satisfacción por el cumplimiento del compromiso asumido y señaló que “la puesta en marcha de la totalidad de los incisos del art. 83 bis permite completar la reforma laboral incorporada por la Ley 10.596”.
Según datos oficiales, el tiempo promedio para dictar una resolución en una causa laboral tramitada mediante el procedimiento declarativo abreviado se ubica en seis meses y 20 días.
En este sentido, el magistrado destacó el esfuerzo de los jueces de Conciliación y Trabajo, camaristas, funcionarios y empleados, al tiempo que resaltó el trabajo en las sedes judiciales del interior que vienen incorporando paulatinamente el mencionado procedimiento.
Con esta iniciativa se busca la “reducción de los tiempos del proceso y la mejora continua en la calidad de las resoluciones; esto, a través de la inmediación de juezas y jueces”, como así también el “favorecimiento de la conciliación en los conflictos del trabajo”.
Según datos oficiales, el tiempo promedio para dictar una resolución en una causa laboral tramitada mediante el procedimiento declarativo abreviado se ubica en seis meses y 20 días. La implementación del supuesto contemplado en el inciso “k” implica una modificación en las categorías de juicio disponibles en el Sistema de Administración de Causas (SAC) para el alta de nuevas demandas, informaron.