La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) obtuvo una decisión a favor por parte de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en el marco de una causa para frenar la implementación de la Justicia del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires.
En el expediente "Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional c/ Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Leyes 6789 Y 6790) y otro s/ Medida Cautelar (Autónoma)”, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal 3, a cargo del juez Santiago Carrillo, había suspendido preventivamente los efectos de la Ley 6789 en cuanto habilita la implementación del nuevo fuero laboral.
La normativa, aprobada por la Legislatura local, creó el fuero integrado por diez juzgados de primera instancia y una Cámara de Apelaciones del Trabajo conformada por dos Salas, para entender "en todas las cuestiones contenciosas de conflictos individuales de derecho del trabajo, por demandas o reconvenciones fundadas en los contratos de trabajo, convenciones colectivas de trabajo, laudos con eficacia de
convenciones colectivas, o disposiciones legales o reglamentarias del Derecho del Trabajo; y las causas entre trabajadores y empleadores
relativas a un contrato de trabajo, aunque se funden en disposiciones del derecho común aplicables a aquél".
En las últimas semanas ya se llevaron adelante los concursos para cubrir dichas vacantes y mas de 570 postulantes participaron en los exámenes escritos, por lo que la Asociación de Magistrados acusó al Consejo porteño de no haber acatado la decisión, sino que "ha preferido hacer caso omiso la suspensión cautelar ordenada".
Los jueces de Alzada destacaron el "retardo en conseguir los acuerdos políticos necesarios para la transferencia de competencias jurisdiccionales", pero que esta situación no habilita "al gobierno local a sancionar leyes que implican un rediseño institucional de la administración de justicia de forma unilateral".
El GCBA, por su parte, insistió con su argumento vinculado a la autonomía de CABA y que la normativa en cuestión "fue sancionada por la legislatura local, en ejercicio de atribuciones reconocidas a favor de sus órganos".
En este escenario, los camaristas Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán confirmaron la decisión de su colega Carrillo aunque no pasaron por alto "la complejidad de las cuestiones planteadas" vinculadas al traspaso.
Los jueces de Alzada destacaron el "retardo en conseguir los acuerdos políticos necesarios para la transferencia de competencias jurisdiccionales", pero que esta situación no habilita "al gobierno local a sancionar leyes que implican un rediseño institucional de la administración de justicia de forma unilateral".