03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Demanda sin firma subsanada a tiempo

Una víctima de la tragedia de Cromañón presentó una demanda sin su firma, pero luego subsanó la omisión. Su caso llegó hasta la Corte Suprema, que dio luz verde al reclamo por daños y perjuicios.

(Argentina.gob)

Este año se cumplió el 20 aniversario del incendio en el boliche República Cromañón, ocurrido en la noche del 30 de diciembre del 2004, que dejó 194 personas muertas y cientos de heridos.

Jorge Eduardo González presentó en agosto del 2021 una demanda contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a raíz de los daños sufridos. El 22 de febrero del 2022, el GCBA planteó la inexistencia de la demanda, argumentando que el escrito presentado no estaba firmado por el actor, quien se presentaba por derecho propio, y por lo tanto no podía ser admitido. 

Vale recordar que el Tribunal Oral en lo Criminal 24 y la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal tuvieron por acreditado que en el local y en momentos en que la banda Callejeros estaba ejecutando el primer tema del repertorio, siendo aproximadamente las 22:50 horas, uno o varios sujeto/s no identificado/s arrojaron hacia el techo artefacto/s pirotécnico/s de tipo “candela”, cuyas ráfagas de fuego alcanzaron la parte superior del local. 

La pirotecnia tomó contacto con los materiales revestidos del plano cobertor, entre los que se hallaban el tendido de una media sombra, espuma de poliuretano y guata —todos combustibles—, lo que generó un foco ígneo, cuya combustión derivó en la formación de una atmósfera nociva para la salud de todas las personas que estaban en el lugar, las cuales se vieron obligadas a dirigirse de manera intempestiva fuera del predio. El lugar estaba colmado de gente y con sus salidas en parte obstruidas.

El 8 de marzo del 2022, González ratificó la demanda promovida por los abogados en su nombre. El juez de primera instancia tuvo por ratificada la presentación, y el GCBA apeló. Luego, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó el recurso del Ejecutivo local.

 

La demandada interpuso un recurso extraordinario que llegó en queja al Máximo Tribunal. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la presentación directa y confirmó la demanda por daños y perjuicios.

 

El Tribunal señaló que si bien la omisión apuntada constituía una deficiencia de tal entidad que podía tornar inexistente la demanda interpuesta, no podía pasarse por alto que el actor había subsanado la omisión.

La demandada interpuso un recurso extraordinario que llegó en queja al Máximo Tribunal. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la presentación directa y confirmó la demanda por daños y perjuicios.

“Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)”, concluyó.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
A casi 20 años de la tragedia siguen apareciendo consecuencias jurídicas
Cromañón y una herida que no cierra
Demanda de sobrevivientes
La Justicia no se olvida de Cromañón

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486