03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Santa Fe estrena Código de Menores

Entró en vigencia el nuevo “Código Procesal Penal Juvenil” de la provincia. Las investigaciones quedarán a cargo del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y los jueces serán trasladados. Los detalles.

Comenzó a regir el sábado 21 de junio el nuevo “Código Procesal Penal Juvenil”, sancionado por la ley n.° 14.228 de la provincia de Santa Fe.

La implementación del nuevo “Código de Menores” elimina la antigua “Justicia de Menores” dentro del Poder Judicial, así como la modalidad de persecución penal existente, siendo reemplazada por un nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

 

La ley también incorpora herramientas como el juicio abreviado, la probation y nuevos criterios para la prisión preventiva, priorizando la no convivencia de adolescentes con adultos en contextos de detención.

 

El nuevo régimen procesal es aplicable al proceso penal para personas que al momento de la comisión del hecho calificado como delito tengan menos de 18 años y que, conforme la ley penal sustantiva, puedan ser imputadas y en su caso, ser responsables penalmente del mismo.

Con este nuevo código, dejarán de funcionar los juzgados de menores y las investigaciones de los delitos perpetrados por los menores serán realizadas por integrantes del Ministerio Público de la Acusación. 

También establece la creación de la Unidad Fiscal Especializada en Responsabilidad Penal Adolescente (UFERPA), que funcionará en el ámbito de la Coordinación de Fiscales para la Gestión Estratégica y Persecución Penal por Objetivos Priorizados de la Fiscalía General. 

El nuevo código también dispone el traspaso institucional de magistrados, funcionarios y empleados que integraban la Justicia de Menores. 

Los jueces de Primera Instancia de Distrito pasarán a formar parte de los Colegios de Jueces Penales correspondientes a su jurisdicción. A su vez, los asesores de menores, secretarios penales y personal administrativo serán incorporados a la estructura funcional del MPA, en línea con lo dispuesto por el legislador.

La ley también incorpora herramientas como el juicio abreviado, la probation y nuevos criterios para la prisión preventiva, priorizando la no convivencia de adolescentes con adultos en contextos de detención.

La Suprema Corte santafesina dispuso la capacitación obligatoria de los Jueces integrantes de los 5 Colegios de Jueces Penales de la provincia como también a los del fuero de Menores.

 

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486