10 de Diciembre de 2024
Edición 7109 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 11/12/2024

Tropezando con la indemnización

Una ART deberá pagarle más de cinco millones de pesos a una mujer que tropezó con una obra pública de camino al trabajo y le generó una incapacidad permanente.

La Cámara Laboral de Viedma ordenó a la ART a indemnizará a una mujer que se tropezó con escombros de una obra pública mientras iba al trabajo.

La demandante se desempeñaba como empleada de un supermercado y se dirigía a trabajar de madrugada cuando tropezó con escombros de una obra pública. Producto del siniestro, sufrió politraumatismos, principalmente en el rostro, los brazos y los miembros inferiores. Recibió asistencia médica en la guardia del hospital, donde le realizaron estudios que descartaron fracturas, le aplicaron analgésicos y le prescribieron reposo laboral.

 

Los miembros del Tribunal ponderaron la pericia médica que analizó especialmente sus rodillas y meniscos, y arrojó que la incapacidad era el triple de lo indicado anteriormente.

 

La empleadora realizó la denuncia del siniestro ante la ART, la que aceptó su cobertura y, a través de sus prestadores médicos, le realizó estudios. Finalmente, fue intervenida quirúrgicamente por la lesión meniscal en su rodilla derecha y recibió el alta médica, pese a que ambas rodillas tenían evidentes dificultades funcionales.

Luego, la ART le otorgó un índice de incapacidad del 5 por ciento en una de las piernas. La trabajadora manifestó su desacuerdo, teniendo en cuenta que refirió que también tiene secuelas en el otro miembro inferior. Un tiempo después, en el mismo expediente en el Fuero Laboral, la trabajadora indicó que fue intervenida quirúrgicamente de la otra pierna. La ART no contestó la demanda.

Los miembros del Tribunal ponderaron la pericia médica que analizó especialmente sus rodillas y meniscos, y arrojó que la incapacidad era el triple de lo indicado anteriormente.

“Finalmente, ya en las “conclusiones” de su informe, la experta expresa que la señora G. H. padeció un traumatismo de ambas rodillas y muslo izquierdo por caída desde su propia altura mientras se dirigía a su trabajo, que requirió cirugía artroscópica bilateral y cirugía de la colección hemática, en razón de lo cual propone la siguiente valoración de la incapacidad de acuerdo con la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales”, sostuvo el fallo.

Teniendo en cuenta lo expuesto, los camaristas condenaron a la ART  a abonarle la suma de $ 5.361.846,29 en concepto de capital e intereses al 29/04/2024.

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