16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024
La Fiscalía denuncio "un excesivo rigorismo formal"

Todavía falta para la ciudadanía

La Cámara Federal de Bahía Blanca rechazó una  solicitud de ciudadanía argentina  por   naturalización para una persona cuya situación migratoria porque se encontraba pendiente un procedimento administrativo ante la Dirección General de Migraciones.

En autos “D.A.s/ Solicitud carta de ciudadanía”, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó la sentencia de grado, que resolvió rechazar la solicitud   de   ciudadanía   por   naturalización   efectuada   de parte de la accionante,   por encontrarse demostrado el incumplimiento del recaudo legal para su admisión.

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación el representante del Ministerio Público Fiscal por advertir “un excesivo rigorismo formal al no otorgar la ciudadanía a D.”, ya que  el nombrado se encontraba hacía más de dos años en nuestro país, con un permiso que fue sucesivamente prorrogado por la autoridad administrativa, lo que resultaba apto para   solicitar   la   ciudadanía   (art.   6°   Ley   346)   en   la   fecha   que   inició   el   trámite (06/11/2019)”.

Asimismo consideró que “rigen las reglas relativas al otorgamiento de la ciudadanía desde momento de presentación en sede judicial de toda la documentación inherente (CSJN, ‘Ni, I¬Hsing s/ carta de ciudadanía’ N. 13. XLII, res. 23/6/2009)”.

Sin embargo, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca rechazó la apelación. Los jueces Leandro Sergio Picado y Pablo E. Larriera recordaron que el solicitante acreditó que le fue expedido por la DNM permiso de permanencia transitoria con fecha de inicio 19/10/2017 –fecha en la que alegó haber ingresado al país en avión, conforme surge de la solicitud completada el 6/11/2019–. A   su   vez   acompañó   constancias   que   dan   cuenta   de   su inscripción al monotributo, así como su falta de antecedentes penales.

 

"No corresponde otorgar la ciudadanía requerida por D. hasta tanto la administración llegue a una decisión sobre su situación migratoria",

 

“Al   encontrarse   pendiente   de resolución  el procedimiento  administrativo  ante la DNM  en el que justamente  se ventila   la   expulsión   del   solicitante   –conforme   lo   que   esta   Sala   resuelve   en   el expediente citado–, no corresponde otorgar la ciudadanía requerida por Diagne hasta tanto la administración llegue a una decisión sobre su situación migratoria y se agoten las instancias de revisión previstas por la LM, a fin de evitar la frustración del ejercicio de   facultades   privativas   de   la   mentada   administración   y   en   respeto   del   principio republicano de división de poderes” concluyó el tribunal.

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