17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Entrará en vigencia en marzo de 2017

Río Negro ya tiene el suyo

En Río Negro se sancionó un nuevo Código Procesal Penal, el cual incluye novedades como el sistema acusatorio, un foro de jueces y la implementación del juicio por jurados.

Hace tiempo que la discusión atravesaba los principales ámbitos de discusión del mundo del Derecho de Río Negro: tanto en la academia como en el seno del Poder Judicial, pasando por el Ejecutivo y el Legislativo. Varios años de debate concluyeron con la sanción del nuevo Código Procesal Penal provincial que incluirá una organización más horizontal de la Justicia, gracias al foro de jueces, y la implementación del sistema acusatorio.
 
Además será una de las provincias que contará con el juicio por jurados, sumándose de esta forma a Córdoba, Neuquén y Buenos Aires en la cruzada por cumplir con una vieja manda constitucional, vigente desde 1994.
 
De cualquier forma, todavía falta para que este instituto se ponga en funcionamiento, ya que si bien el nuevo Código se pondrá en funcionamiento el primero de marzo de 2017, el sistema de juicio por jurados deberá esperar casi un año más: comenzará a utilizarse a partir del primero de enero de 2018.
 
Después de un debate que duró alrededor de cinco horas, los legisladores rionegrinos decidieron aprobar, en particular, el texto de reforma que había sido aprobado en diciembre pasado en su aspecto general. Allí se sumaron todos los aportes de lo que fue una larga discusión en el ámbito del Derecho, ya que a pesar del acuerdo generalizado hay algunos puntos que siguen siendo debatidos.
 
Pero no hubo dudas para ponderar, a través del sistema acusatorio, el rol de los fiscales provinciales, para lo cual el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rionegrino solicitó que se extiendan los plazos de aplicación, ya que la nueva normativa y las nuevas funciones del Ministerio Público deberán pasar por un proceso de adaptación.
 
Uno de los aspectos que generó mayor polémica fue el referido al artículo 77 del nuevo cuerpo normativo, donde se establece que los procesos judiciales no podrán durar más de tres años. Los delitos contra la administración pública estaban exceptuados de este precepto, y la legisladora Ana Piccinini señaló que esto podría garantizar la impunidad de algunos funcionarios.
 
El presidente del Colegio de Magistrados provincial, Héctor Leguizamón Pondal, afirmó que “se trata del tramo final, luego de 15 años de gestión del Colegio de Magistrados el cual en octubre del año 1999 organizó, gestó y concluyó en la necesidad de la Reforma integral; no obstante haber integrado la comisión redactora para elaboración del Código, solo se logró en el año 2004 los institutos de juicio abreviado y criterios de oportunidad”.
 
“La importancia de la Reforma es que sincera el Sistema Procesal Penal con las mandas constitucionales, implementa el juicio por jurado y pone en vigencia el sistema acusatorio”, señaló el titular de la organización que nuclear a los jueces de Río Negro.


dju

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