El proyecto fue elaborado por la senadora Vilma Ibarra, y contiene la propuesta de despenalizar el aborto cuando el embarazo provenga de una violación o cuando se haya diagnosticado la inviabilidad del feto. Con esta propuesta, se busca modificar el artículo 86 del Código Penal, que actualmente establece que “el aborto practicado por un médico diplomado, con consentimiento de la mujer embarazada”, no es punible “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
En su nueva redacción se permitiría “si el embarazo proviene de la comisión de un delito contra la integridad sexual”. Además se agrega, como tercera causa de despenalización “si se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad de vida extrauterina del feto”.
Con esta medida se busca atender a lo establecido por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas cuando recomendó en el año 2000, a nuestro país, que debía autorizar el aborto en todos los casos de embarazo por violación.
En este sentido, y en los fundamentos del proyecto se expone que “el aborto no puede considerarse por fuera de los compromisos asumidos por nuestro país, o sin enmarcarse en el debate sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos de las mujeres”.
Asimismo, el proyecto encuentra fundamento en la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, que también recomendó en el año 1997, revisar la legislación sobre el aborto. Y según comenta la senadora “el Estado no respondió entonces ni lo ha hecho hasta ahora”.
El proyecto deberá recorrer el largo camino que comenzará cuando sea autorizado, luego será debatido primero por la Comisión de Salud y luego por la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, para finalmente llegar a ser tratado por la Cámara.
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