08 de Julio de 2026
Edición 7491 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/07/2026
Diario Judicial

Mercosur y la Comunidad Andina : Hacia el Bloque Sudamericano

 
Mercosur y la Comunidad Andina : Hacia el Bloque Sudamericano

I.- ANTECEDENTES:

Las negociaciones entre representantes de la Comunidad Andina de Naciones y el MERCOSUR tuvieron inicio en febrero del ao 1995 en la ciudad de Montevideo donde los representantes de ambos bloques celebraron su primera reunin para explorar la posibilidad de crear una zona de libre comercio. Posteriormente y al mismo efecto se concretaron otras reuniones en octubre y diciembre de 1996.

El 17 de diciembre de 1996 se suscribi el Acuerdo de Complementacin Econmica para la Creacin de una Zona de Libre Comercio entre Bolivia y el MERCOSUR (ACE N 36) .

En el ao 1997 se produjeron encuentros tcnicos entre representantes de la Comunidad Andina de Naciones y el MERCOSUR .

El 16 de abril de 1998 se suscribe en Buenos Aires el Acuerdo Marco para la creacin de una zona de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, estipulndose que el objetivo del mismo se alcanzar en dos etapas. En la primera, hasta el 30 de septiembre de 1998, se negociara el Acuerdo de Preferencias Arancelarias, y en la segunda, entre el 1 de octubre de 1998 y el 31 de diciembre de 1999, se negociara el Acuerdo de Libre Comercio que entrara en vigencia el 1 de enero de 2000.

Entre junio y septiembre de 1998 se realizaron cuatro reuniones de negociacin del Acuerdo de Preferencias Arancelarias. En la cuarta reunin, celebrada en Lima, se decidi prorrogar las negociaciones hasta el 31 de marzo de 1999 . En noviembre de 1998 los ministros del Consejo del MERCOSUR y de la Comisin de la Comunidad Andina dieron en Montevideo una serie de directrices para acelerar la negociacin del Acuerdo de Preferencias Arancelarias. Entre noviembre de 1998 y febrero de 1999 se realizaron tres nuevas reuniones de negociacin. En marzo de 1999 se celebra en Lima otra reunin de negociacin del Acuerdo de Preferencias Arancelarias .

En septiembre de 2000, en Brasilia, los Jefes de Estado del MERCOSUR y de la Comunidad Andina decidieron iniciar negociaciones para establecer en el plazo ms breve posible y antes de enero de 2002 una Zona de Libre Comercio entre ambos bloques.

En abril de 2001 los representantes del MERCOSUR y de la Comunidad Andina de Naciones se reunieron en Asuncin con el objetivo de retomar las negociaciones tendientes a la concrecin de una Zona de Libre Comercio entre ambos bloques. En julio de 2001 a travs de la Declaracin Ministerial de La Paz se establece el mecanismo de dialogo y concertacin poltica Comunidad Andina - MERCOSUR y Chile, integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores, quienes se encargarn de realizar el seguimiento de los Acuerdos suscriptos, fomentar la cooperacin poltica y proponer la agenda sede y oportunidad de los futuros encuentros de Ministros.

En abril de 2002 los Ministros de Relaciones Exteriores de los pases de la Comunidad Andina y del MERCOSUR reunidos en
San Jos de Costa Rica subrayaron en un comunicado conjunto la prioridad econmica, social y poltica que sus gobiernos atribuyen a la convergencia del proceso de integracin de la Comunidad Andina - MERCOSUR y Chile en el marco sudamericano. En julio del mismo ao los Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio de la Comunidad Andina y del MERCOSUR, convienen en impulsar el mecanismo de dilogo poltico existente, al ms alto nivel, as como tambin los aspectos econmicos y comerciales con el fin de fortalecer los

vnculos de cooperacin entre las dos subregiones . En septiembre de 2002, por medio de un comunicado de prensa conjunto emitido en la ciudad de Nueva York, los ministros de Relaciones Exteriores y Encargados de Poltica Comercial de la Comunidad Andina y el MERCOSUR acordaron realizar en diciembre la segunda reunin del Acuerdo de Dilogo Poltico y continuar las negociaciones CAN-MERCOSUR con el fin de concluirlas antes de finalizar el ao 2002 . El 6 de diciembre de ese ao se suscribi en Brasilia el Acuerdo de Complementacin Econmica (ACE N 56) entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR que establece que la negociacin para la conformacin de un rea de Libre Comercio deber estar concluida antes del 31 de diciembre de 2003.

El 1o de junio de 2003 se emite un Comunicado Conjunto de los Cancilleres del MERCOSUR y de la CAN por el que reiteran su compromiso de desplegar los mayores esfuerzos para asegurar que antes de que finalice el ao 2003 se concluyan las negociaciones y se firme el Acuerdo de Libre Comercio entre ambos bloques, conviniendo asimismo establecer un grupo de trabajo constituido por las Presidencias del MERCOSUR y la CAN con las Secretaras respectivas a fin de que preparen un plan de accin y un cronograma que sirva de hoja de ruta para las negociaciones.

El 4 de agosto de 2003 se produce en la ciudad de Montevideo el Comunicado Conjunto de los Cancilleres del MERCOSUR y de la Comunidad Andina por el que renovaron la determinacin poltica de sus gobiernos de avanzar con sentido de urgencia en las negociaciones interbloques tendientes a tornar realidad el anhelo comn de un espacio sudamericano efectivamente integrado, constatando en tal sentido, que estn dadas las condiciones para concluir este proceso de manera de cumplir el plazo establecido en el ACE N 56.

El 25 de agosto de 2003 se suscribi el Acuerdo de Complementacin econmica (ACE N 58), mediante el cual se establece una Zona de Libre Comercio entre la Repblica del Per y el MERCOSUR .

Entre agosto y noviembre de 2003 se producen cuatro reuniones de negociaciones entre los representantes de la Comunidad Andina y del MERCOSUR las dos primeras en Montevideo la tercera en Lima y la ltima en Quito. Entre la tercera y cuarta reunin, el da 31 de octubre de 2003, en la ciudad de Lima, se emite un Comunicado Conjunto de los Cancilleres de la Comunidad Andina y del MERCOSUR donde manifiestan su comn parecer respecto de los beneficios que para Amrica del Sur conlleva el fortalecimiento de las relaciones y la integracin entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR y la constitucin de un mercado ampliado destinado principalmente a elevar el nivel de vida de sus poblaciones.

Finalmente, se celebr en la ciudad de Montevideo los das 14 y 15 de diciembre de 2003 la Reunin de Ministros del MERCOSUR y de la Comunidad Andina, que posibilit, al da siguiente, la concrecin del Acuerdo de Complementacin Econmica (ACE N 59) suscripto entre los Estados Partes del MERCOSUR y la Repblica de Colombia, Ecuador y Bolivariana de Venezuela por el cual convienen la conformacin de una Zona de Libre Comercio a travs de un Programa de Liberacin Comercial Progresivo.

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II.- LA CONFORMACION DEL BLOQUE SUDAMERICANO : ACUERDOS MERCOSUR - CAN.

La integracin del bloque sudamericano se ha configurado por medio de tres acuerdos de libre comercio : 1) Acuerdo MERCOSUR con la Repblica de Bolivia de fecha 17 de diciembre de 1996, 2) Acuerdo MERCOSUR con la Repblica del Per de fecha 25 de agosto de 2003 y 3) Acuerdo MERCOSUR con las Repblicas de Colombia, de Ecuador y Bolivariana de Venezuela de fecha 16 de diciembre de 2003.

En consecuencia los pases que conformarn este importante bloque de libre comercio sern Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Per, Uruguay y Venezuela.

Del conjunto de estos acuerdos surge la conformacin de una zona de libre comercio que habr de completarse gradualmente en el futuro. El nuevo bloque (MERCOSUR-CAN) abarca casi todo el territorio de Amrica del Sur con excepcin de Chile, Guyana, Surinam y la Guayana Francesa. De esta manera se conformar un espacio de trescientos cuarenta millones de consumidores (el MERCOSUR cuenta actualmente con doscientos veinte millones de habitantes y la Comunidad Andina de Naciones tiene una poblacin de ciento veinte millones ) y de ms de novecientos mil millones de dlares de P. B. I. (el P.B.I. del MERCOSUR asciende a seis cientos cincuenta mil millones de dlares y el de la CAN es cercano a los doscientos sesenta mil millones de dlares). Los objetivos que se proponen lograr en este proceso de integracin sudamericano son :

- Establecer el marco jurdico e institucional de cooperacin e integracin econmica y fsica que contribuya a la creacin de un espacio econmico ampliado que tienda a facilitar la libre circulacin de bienes y servicios y la plena utilizacin de los factores productivos, en condiciones de competencia entre las Partes ;

- Formar un rea de libre comercio mediante la expansin y diversificacin del intercambio comercial y la eliminacin de las restricciones arancelarias y de las no-arancelarias que afecten al comercio recproco;

- Alcanzar el desarrollo armnico de la regin, tomando en consideracin las asimetras derivadas de los diferentes niveles de desarrollo econmico de los pases del rea;

- Promover el desarrollo y la utilizacin de la infraestructura fsica, con especial nfasis en el establecimiento de corredores de integracin que permita la disminucin de costos y la generacin de ventajas competitivas en el comercio regional recproco y con terceros pases fuera de la regin;

- Promover e impulsar las inversiones entre los agentes econmicos ;

- Promover la complementacin y cooperacin econmica, energtica, cientfica y tecnolgica;

- Promover consultas, cuando corresponda, en las negociaciones comerciales que se efecten con terceros pases y agrupaciones de pases extra regionales.

As tambin, en el referido proceso de integracin se prev un programa de liberacin comercial con desgravaciones progresivas y automticas ( la eliminacin de aranceles ser ms rpida para Argentina y Brasil - 10 aos - , mientras que durar entre 12 y 15 aos para Paraguay, Uruguay, Colombia, Ecuador y Venezuela); un rgimen de origen; el trato nacional a los productos; medidas antidumping y compensatorias; sanciones a prcticas restrictivas de la libre competencia; eliminacin de medidas que puedan causar distorsiones al comercio; clusulas de salvaguardia; rgimen de solucin de controversias; rgimen de normas , reglamentos tcnicos y evaluacin; eliminacin de barreras para-arancelarias vinculadas a medidas de ndole sanitario y fitosanitario; programas de promocin e intercambio de informacin comercial; medidas de estmulo a la realizacin de inversiones recprocas para intensificar los flujos bilaterales de comercio y tecnologa; estudio de mecanismos que eviten la doble imposicin; se promueve la facilitacin de los servicios de transporte terrestre, fluvial, lacustre, martimo y areo, para la mejor circulacin de bienes y personas atendiendo a la mayor demanda que resultar del espacio econmico ampliado; el desarrollo, ampliacin y modernizacin de la infraestructura; la complementacin cientfica y tecnolgica; el impulso de iniciativas orientadas a promover la integracin productiva, la competitividad y participacin de las empresas en el comercio recproco, en especial de las PyMes.

Con respecto a la Administracin y Evaluacin de cada uno de los aludidos Acuerdos de Libre Comercio se ha dispuesto que la misma estar a cargo de una Comisin Administradora integrada por el Grupo Mercado Comn del MERCOSUR y representantes de los pases de la Comunidad Andina signatarios de los mismos.

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III - CONSIDERACIONES FINALES :

Estimamos que la unin del MERCOSUR con la Comunidad Andina para conformar un rea de Libre Comercio Sudamericana no slo traer aparejado el aumento del intercambio comercial e inversiones entre los pases que integran los dos sub-bloques sino que la mayor ganancia ser la adopcin de polticas comunes en las vinculaciones con terceros incrementndose con ello el poder de negociacin en mbitos como los de la OMC o en el proceso de conformacin del ALCA.

Otro aspecto de importancia de este acuerdo radica en que a partir de ahora en vez de ser competitivas las producciones del MERCOSUR y de la CAN se complementarn . Asimismo se fortalecer la integracin fsica y la cooperacin financiera en Amrica del Sur.

El nacimiento del rea de Libre Comercio en Sudamrica constituye un hecho muy especial dado que desde hace ms de 40 aos los pases de la regin,
estn buscando mecanismos adecuados para alcanzar la integracin, pero sin buenos resultados hasta el momento. La creacin de la Asociacin Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), surgida en Montevideo en 1960, no alcanz el objetivo de establecer progresivamente una zona de libre comercio que sirviera de base para la constitucin del mercado comn latinoamericano, que deba ponerse en marcha 20 aos despus, en 1980. Este organismo, al no lograr sus objetivos, dio paso a la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), creada en 1980 con el propsito de regular el establecimiento de acuerdos bilaterales de comercio y que no previ ninguna fecha para la consecucin de un mercado comn. Por lo que los Acuerdos de Libre Comercio entre el MERCOSUR y los pases de la CAN constituyen un nuevo esfuerzo para que, al menos, nueve pases latinoamericanos, situados en la regin sur del continente, busquen su definitiva integracin, y unidos y con una sola voz, puedan tener un mayor poder negociador ante Estados Unidos, la Unin Europea y otros bloques.

Por otra parte, es de esperar que el referido avance comercial de la regin se traduzca en soluciones para los problemas ms acuciantes de la sociedad latinoamericana, tales como la exclusin y sus efectos colaterales en la salud y en la educacin, conservando la identidad cultural de Amrica Latina, considerando a la vez que toda integracin en la era de la globalizacin no puede de ningn modo dejar de contemplar las variables sociales que han sido abandonadas en otros procesos de integracin que solo se concentraban en lo comercial y que, en definitiva, dejaron de lado al principal sujeto : el ser humano.

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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