El Tribunal Oral Federal de Paraná -integrado de forma unipersonal por Noemí Marta Berros- homologó el acuerdo de juicio abreviado y le impuso a un "liberador" de celulares un curso de reparación de electrodomésticos para no ir a la cárcel.
El expediente se inició tras un allanamiento en la vivienda del acusado, dispuesto en busca de un equipo en particular. Aunque el aparato buscado no fue localizado, las fuerzas policiales encontraron una cueva con 32 teléfonos celulares, tarjetas SIM y equipamiento técnico dedicado al desbloqueo y cambio de IMEI.
En este marco, la jueza Berros remarcó que "el cuadro probatorio reunido es tan sencillo como contundente y permite acreditar con certeza el sustrato fáctico que ha sido objeto de este proceso". Según consta en la resolución, en el domicilio "efectivamente funcionaba un local comercial clandestino -no habilitado- de venta de terminales de telefonía móvil usadas y que el joven se dedicaba a adquirir esos equipos terminales móviles -de clara procedencia ilegítima-, los reparaba, desbloqueaba o liberaba, adulteraba o reemplazaba los números de serie".
Asimismo, las pericias informáticas sobre una notebook secuestrada revelaron la presencia de programas específicos de servicio técnico y flasheo. Sobre la calificación legal y las maniobras, el fallo subrayó que "los números de IMEI (electrónico y/o mecánico) de algunos de los teléfonos secuestrados en la vivienda habían sufrido una alteración en sus características registrales legítimas", conducta reprimida por la Ley 25.891 de Servicios de Comunicaciones Móviles.
La magistrada valoró diversos atenuantes y agravantes. Por un lado, computó la envergadura del negocio y que el acusado "desplegaba una destreza y conocimientos tecnológicos en materia de telefonía móvil que le hubieran permitido encarar una actividad laboral lícita". Por otro lado, consideró la falta de antecedentes penales y su nivel educativo incompleto.
Como regla de conducta indispensable para mantener la libertad, la sentenciante dispuso la obligación de realizar y aprobar el curso de "Reparador de electrodomésticos" en el Centro de Formación Profesional 2 de Paraná, "en tanto el mismo resulta adecuado por razones de índole preventivo especial para favorecer su capacitación laboral y profesional".
La sentencia lo declaró autor penalmente responsable de la infracción a los artículos 10, 12 y 13 inciso "a" de la Ley 25.891 y le impuso la pena de dos años y diez meses de prisión de ejecución condicional, junto con el pago de las costas procesales.
Además, el Tribunal ordenó el decomiso de todos los celulares, tablets, notebooks y herramientas informáticas incautadas. Como regla de conducta indispensable para mantener la libertad, la sentenciante dispuso la obligación de realizar y aprobar el curso de "Reparador de electrodomésticos" en el Centro de Formación Profesional 2 de Paraná, "en tanto el mismo resulta adecuado por razones de índole preventivo especial para favorecer su capacitación laboral y profesional".