17 de Septiembre de 2026
Edición 7539 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/09/2026
Diario Judicial

"A tu tio lo condeno yo"

Un juez penal de Chubut condeno por abuso sexual a un hombre en perjuicio de su sobrina y luego le explicó el fallo a la víctima en una carta. “La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad”, le adelantó.

(Poder Judicial Chubut)

El juez penal de Chubut Carlos Richeri condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina, cuando la niña tenía ocho años. El magistrado redactó la sentencia en lenguaje claro y agregó una carta dirigida a la víctima, que actualmente tiene diez años, para explicarle qué decidió y cuáles fueron los motivos.

La resolución fue dictada en Lago Puelo, en el marco de un juicio por el delito de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por quien tenía a su cargo la guarda de la menor.

Luego de analizar la prueba producida durante el debate, Richeri, como integrante de un Tribunal Unipersonal, consideró acreditada la responsabilidad penal del acusado y le impuso tres años de prisión de ejecución condicional, además del pago de las costas.

“Estoy convencido de que una decisión judicial escrita en lenguaje claro no sólo facilita su comprensión, sino que también refuerza la confianza pública en nuestra justicia provincial” advirtió Richeri.

La sentencia también estableció reglas de conducta que el condenado deberá cumplir durante el período fijado. Entre ellas se encuentra la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima. El incumplimiento de esas condiciones podría determinar la revocación de la ejecución condicional de la pena.

Richeri eligió utilizar lenguaje claro para explicar los fundamentos de su decisión y, para ello, le redactó una carta a la víctima. “Me llamo Carlos Richeri y fui el juez del juicio en el que se trató lo que te pasó. Te escribo porque tenés derecho a saber qué se decidió y por qué, con palabras que entiendas”, empezó.

El juez sostuvo que la utilización de un lenguaje accesible busca que la resolución pueda ser entendida por quienes deben conocerla y, especialmente, por la propia víctima.

La sentencia fue redactada “para que sea claro y comprensible para cualquier persona que lo lea, y así fortalecer el principio de publicidad de los actos del Poder Judicial”.

En ese sentido, Richeri destacó la particular situación de la niña: “la víctima de este hecho es una niña, que tenía ocho años cuando ocurrió y diez durante el debate. El derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados comprende también el derecho a comprender lo que se decide sobre aquello que les ocurrió. Por eso me propongo que, cuando llegue el momento en que a la niña le sea explicada esta decisión, el texto no constituya un obstáculo”.

El magistrado vinculó esa forma de redactar las decisiones judiciales con la relación entre Justicia y ciudadanía, “Estoy convencido de que una decisión judicial escrita en lenguaje claro no sólo facilita su comprensión, sino que también refuerza la confianza pública en nuestra justicia provincial” advirtió.

Para arribar a la condena, el juez valoró distintos elementos incorporados durante el debate. Entre ellos, tuvo en cuenta el relato de la niña, la intervención de una profesional de la psicología, el testimonio de su madre y la actuación policial realizada en el domicilio de los tíos. También fueron escuchadas las versiones proporcionadas por el acusado y por su pareja.

A tu tío lo condené por lo que él decidió hacer. Es una persona grande, sabía lo que estaba haciendo, y por eso tiene que hacerse cargo. No lo condené por lo que vos contaste. La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad, no con la tuya. Vos contaste lo que te pasó, que es lo que te tocaba hacer, y ahí terminó tu parte”

En la explicación dirigida a la víctima, Richeri resumió de manera sencilla el proceso de valoración probatoria que lo llevó a la condena. Luego explicó a la niña cuál es el estándar que debe aplicar un juez para dictar una condena y describió las pruebas que fueron analizadas durante el juicio.

“Antes que nada, quiero explicarte cómo trabaja un juez. La ley me exige que, para condenar a alguien, esté completamente seguro. Si me hubieran quedado dudas, la ley me obligaba a no condenar. Por eso mi trabajo durante el juicio fue escuchar todo y compararlo”.

El magistrado continuó: “Escuché lo que vos contaste en la sala donde hablaste con la psicóloga. Escuché a esa psicóloga explicar cómo te vio y qué entendió. Escuché a tu mamá contar lo que pasó esa noche en tu casa. Escuché a una policía que fue a la casa de tus tíos y sacó fotos. Y escuché también a tu tío y a tu tía, que contaron su versión y pudieron explicar todo lo que quisieron”.

Tras describir ese proceso, Richeri explicó cuál fue la conclusión a la que arribó después de analizar la prueba: “Después de escuchar todo eso me tomé unos días para pensarlo, y llegué a una conclusión: lo que vos contaste coincidió con todo lo demás, y las explicaciones que dio tu tío no coincidieron entre ellas. Por eso decidí que pasó lo que vos contaste”.

La carta también busca separar la responsabilidad de la niña respecto de la decisión judicial y de las consecuencias que recaen sobre el condenado.

“A tu tío lo condené por lo que él decidió hacer. Es una persona grande, sabía lo que estaba haciendo, y por eso tiene que hacerse cargo. No lo condené por lo que vos contaste. La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad, no con la tuya. Vos contaste lo que te pasó, que es lo que te tocaba hacer, y ahí terminó tu parte”.

El juez también hizo referencia a la circunstancia de que, según se tuvo por acreditado, el acusado le había pedido a la niña que no contara lo sucedido.

“Hay algo más que quiero decirte. Tu tío te pidió que no lo contaras. Cuando un grande le pide a un chico que esconda algo que lo hizo sentir mal, ese pedido no se cumple. No estabas obligada a guardarlo, ni entonces ni nunca”, escribió Richeri.

Richeri también brindó las razones por las cuales la condena no implica prisión efectiva. “Tu tío no va a ir a la cárcel, y no es porque no te haya creído. La ley dice que cuando una persona nunca antes fue condenada, y la pena es la más baja que la ley permite para ese caso, esa persona cumple la condena afuera, pero con reglas que tiene que obedecer durante tres años”, le dijo,

Richeri explicó además una de las principales restricciones impuestas al condenado: “Una de esas reglas es que no puede tener ningún contacto con vos: ni hablarte, ni escribirte, ni mandarte mensajes con otra persona. Si incumple las reglas, la condena se cumple en la cárcel”.

De esta manera, la carta no sólo comunica el resultado del juicio, sino que procura explicar a la víctima las diferencias entre una condena y su modalidad de cumplimiento.

Finalmente, el magistrado procuró cerrar la comunicación destacando que la intervención de la niña en el proceso había concluido y señalando los canales a los que puede recurrir si necesita realizar alguna consulta.

“Tu mamá te enseñó que hay que decir siempre la verdad, y eso te va a servir toda la vida. Ya no tenés que hacer nada más sobre esto. Si alguna vez querés preguntar algo, podés hacerlo a través de tu mamá o de las personas del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, que te van a acompañar”.


 


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