26 de Junio de 2026
Edición 7483 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/06/2026
Diario Judicial

Perpetua para el horror

La Corte dejó firme la condena a prisión perpetua para una mujer por haber matado a golpes a su bebé, de un año y nueve meses, en la localidad de Ostende.

(Foto de Kindel Media)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a prisión perpetua impuesta a Claudia Alejandra Ayala por el homicidio agravado por el vínculo de su hijo Benjamín, de un año y nueve meses, ocurrido en la localidad de Ostende, partido de Pinamar.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por inadmisible el recurso de la defensa.

Inicialmente, la acusada señaló como autor del hecho a un músico de una banda de cumbia que trabajaba como techista y era padre de tres niños.


Según los hechos probados en la causa, entre el mediodía del 17 de octubre de 2015 y la medianoche del día siguiente, Ayala causó la muerte del niño “mediante un golpe en su cabeza que le ocasionó un traumatismo cráneo encefálico con fractura de la base del cráneo y luego le provocó una asfixia mecánica, para posteriormente enterrar el cuerpo” en un descampado cercano.

El pequeño no contaba con documento de identidad y su cuerpo fue hallado dos días después.

Inicialmente, la acusada señaló como autor del hecho a un músico de una banda de cumbia que trabajaba como techista y era padre de tres niños.

Este hombre demostró que ese día se encontraba con su madre en una localidad vecina, que no conocía a Ayala y que no tenía explicación para la acusación en su contra.

Los vecinos confirmaron que “Ayala no se controlaba con las agresiones” y “golpeaba y maltrataba constantemente” a sus hijos.

Ayala fue detenida y procesada. En el juicio oral fue considerada responsable del homicidio. El Tribunal de Casación bonaerense ratificó esa decisión. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó por unanimidad el recurso de inaplicabilidad de ley de la defensa.

En un último intento, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que consideró inadmisible la presentación y, por ende, confirmó la condena a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo.

El delito fue calificado como homicidio agravado por el vínculo, figura del Código Penal que prevé la pena de prisión perpetua cuando el autor mata a su hijo.

La Corte Suprema, al declarar inadmisible el recurso, no ingresó al análisis de los agravios de fondo y convalidó los pronunciamientos de las instancias inferiores, que habían valorado la prueba y establecido la autoría más allá de toda duda razonable.

El rechazo por inadmisibilidad indica que la defensa no logró demostrar la existencia de una cuestión federal que justificara la intervención del máximo tribunal.
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