
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso interpuesto por la defensa y dejó firme la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal que ordenó llevar a juicio a los acusados de robar en la vivienda del histórico arquero de River Plate y de la Selección Argentina, Ubaldo Matildo “Pato” Fillol.
El máximo tribunal consideró que el planteo no estaba dirigido contra una sentencia definitiva, ya que no había intervenido el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al criterio fijado en el precedente “Levinas”.
Fillol describió el episodio como “un estado de dolor tremendo” y ofreció una recompensa para recuperar las distinciones, que “representan mi vida”, según sus declaraciones públicas.
El robo ocurrió el 16 de marzo de 2024 en el barrio porteño de Villa del Parque. Fillol regresaba en su Peugeot 2008 a la esquina de Cervantes y Bahía Blanca para cenar en el buffet de Vélez Sarsfield cuando dos delincuentes que lo seguían a bordo de un Volkswagen Fox utilizaron un inhibidor de señal para impedir que el vehículo se bloqueara con el control remoto.
Luego, ingresaron al auto y sustrajeron las llaves de la casa —incluida la magnética del portón y la de la puerta—, la billetera con tarjetas bancarias y los documentos del vehículo.
Una hora más tarde, los ladrones accedieron al departamento y se llevaron bienes de valor, dinero en efectivo, objetos personales y varias medallas del ex arquero.
Fillol describió el episodio como “un estado de dolor tremendo” y ofreció una recompensa para recuperar las distinciones, que “representan mi vida”, según sus declaraciones públicas.
A raíz de las imágenes de las cámaras de seguridad fue detenido Mario Daniel Falconi, de 28 años y oriundo de la Villa Zavaleta. Un mes después cayó su cómplice, Juan Mauricio Buendía.
En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 27 hizo lugar a un mecanismo de conciliación, declaró la extinción de la acción penal y sobreseyó a ambos acusados, quienes aceptaron reparar el daño con 15.000 dólares.
La fiscalía apeló al sostener que este tipo de acuerdos requiere el aval del Ministerio Público Fiscal, que no corresponde para delitos de esta entidad ni para imputados con antecedentes penales, y que el acuerdo se presentó de manera extemporánea, tras el cierre de la instrucción y el envío del caso a juicio.
En marzo de 2025, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar al recurso fiscal, casó la resolución y ordenó reenviar el expediente al tribunal de origen para continuar el trámite.
Además dispuso que los acusados volvieran a ser detenidos; en el caso de Falconi, que ya se encontraba en libertad, se ordenó su captura.
La defensa recurrió ante la Corte Suprema, pero el máximo tribunal desestimó el recurso. Con esta resolución, el proceso penal retorna al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 27, donde se definirá si los acusados deben enfrentar un juicio oral y público.