27 de Abril de 2026
Edición 7442 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/04/2026
Diario Judicial

Ejecución penal con pautas

La Suprema Corte bonaerense fijó las pautas transitorias para aplicar la ley de ejecución penal juvenil. Se trata de los artículos 45 a 55 inclusive y tendrá efectos hasta que entren en funcionamiento los juzgados especializados.

(Foto de cottonbro studio)

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires estableció las condiciones actuales de aplicabilidad de la Ley 15.571 de Ejecución Penal Juvenil, mientras no se creen los Juzgados de Ejecución especializados en el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.

Según el texto de la resolución, hasta tanto no se pongan en funcionamiento los nuevos juzgados de ejecución, continuarán siendo competentes en materia de ejecución penal los mismos órganos judiciales que impusieron las medidas socioeducativas, tal como lo dispone el artículo 30 de la Ley 13.634.

 

Antes de esa fecha, cada Cámara y el Tribunal de Casación Penal determinarán por sorteo cuál será la Sala que iniciará la secuencia y lo comunicarán a la Suprema Corte, a través de la Secretaría de Planificación.

 

En relación con las instancias de apelación, las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal que cuenten con una sola sala mantendrán los mecanismos actuales para la asignación de causas en el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. 

Por su parte, el resto de las Cámaras y el Tribunal de Casación Penal deberán definir, por sorteo, la Sala que, en forma rotativa y anual, se hará cargo de las causas de este fuero a partir del 1° de junio de 2026.

Estas Salas especializadas entenderán en las causas juveniles por períodos anuales, contados desde el primero de junio del corriente año. 

Antes de esa fecha, cada Cámara y el Tribunal de Casación Penal determinarán por sorteo cuál será la Sala que iniciará la secuencia y lo comunicarán a la Suprema Corte, a través de la Secretaría de Planificación.

La resolución aclaró que la asignación de causas del fuero juvenil no impedirá que las Salas sigan conociendo en las restantes causas del fuero penal ordinario. 

En ese sentido, se encomendó a la Secretaría de Planificación que analice posibles adecuaciones normativas para instrumentar mecanismos de asignación y registración de expedientes.

Por otra parte, la SCBA encomendó al Instituto de Estudios Judiciales que evalúe la conveniencia de generar un ciclo de capacitaciones específicas para magistrados y funcionarios sobre el contenido de las nuevas normas en materia de ejecución penal juvenil.

Finalmente, la resolución dispuso comunicar esta situación al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo provincial, a fin de que evalúen la posibilidad de revisar nuevamente la normativa, considerando las dificultades concretas de aplicación que presenta en el contexto actual.

Esta decisión se enmarca en el proceso de implementación de la Ley 15.571, sancionada a fines de 2025, que busca modernizar y especializar el tratamiento de los jóvenes en conflicto con la ley penal. 


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