19 de Enero de 2026
Edición 7378 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/01/2026

Los abogados pueden cobrar durante la feria

La Cámara Civil habilitó la feria para permitir el cobro de honorarios profesionales ya depositados, al considerar que se trata de un crédito de naturaleza alimentaria cuya demora podía generar perjuicio al matriculado.

(phoowatry756284| vecteezy.com)

La Sala de Turno I de la Cámara Nacional en lo Civil revocó una decisión de primera instancia que había rechazado la habilitación de feria en una causa por daños y perjuicios, y ordenó continuar el trámite durante el receso veraniego para efectivizar el cobro de honorarios regulados en sentencia firme.

El caso, el letrado solicitó la habilitación de feria a fin de tener por dadas en pago la sumas depositadas en la cuenta judicial abierta, en concepto de honorarios e intereses. Sin embargo, el juez de grado entendió que no se encontraba “acreditado las razones excepcionales que justifiquen admitir lo solicitado”.

Pero el abogado insistió y sostuvo que estaba comprometido el “el cobro de honorarios profesionales, los cuales poseen naturaleza alimentaria”. “No se trata de una mera cuestión administrativa o de trámite prescindible, sino de la percepción efectiva de honorarios regulados en sentencia firme, cuyos montos ya han sido depositados por la demandada y dados en pago, restando únicamente su registración formal y la liberación del giro correspondiente”, añadió.

 

La Cámara Civil advirtió además que “la demora en concretar el cobro le puede ocasionar al mencionado profesional perjuicios que afecten el derecho de propiedad y que disminuyan un crédito de naturaleza alimentaria”.

 

En este escenario, los jueces de Alzada consideraron que en el caso se encontraban acreditadas razones de urgencia suficientes. Subrayaron tanto la naturaleza alimentaria del crédito como el estado avanzado del trámite, ya que los fondos habían salido del patrimonio del deudor y se encontraban depositados, circunstancia que tornaba ajustado a derecho habilitar la feria para concluir las diligencias pendientes.

La Cámara Civil advirtió además que “la demora en concretar el cobro le puede ocasionar al mencionado profesional perjuicios que afecten el derecho de propiedad y que disminuyan un crédito de naturaleza alimentaria”.



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