El Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó iniciar, de forma inmediata, el traslado de todas las personas detenidas en alcaidías y comisarías de la Policía de la Ciudad que se encuentren condenadas o con situación procesal resuelta, bajo apercibimiento de aplicar astreintes diarios de $200.000 sobre el patrimonio de los funcionarios responsables.
La decisión se dictó en el marco del habeas corpus correctivo colectivo promovido en junio de 2020, cuya sentencia de fondo fue dictada el 6 de julio de 2020 y se encuentra firme. En ese pronunciamiento se ordenó “desalojar de las Comisarías de la Ciudad, a las personas detenidas en cualquier situación” y que la detención en las Alcaidías “se cumpla en la forma en la que venía realizándose antes de la pandemia, evitando la permanencia en ellas de personas privadas de la libertad bajo condena o en prisión preventiva (…)”.
La jueza recordó que, pese a las prórrogas otorgadas, a los cronogramas fijados y a las múltiples resoluciones dictadas a lo largo de más de cinco años, la sentencia no fue cumplida y la situación que dio origen a la acción lejos de revertirse, se agravó, incrementándose de manera exponencial la cantidad de personas alojadas en dependencias policiales.
Según surge del fallo, actualmente 2.449 personas privadas de la libertad permanecen en comisarías, alcaidías y lugares transitorios de la Policía de la Ciudad. Un total de 2170 personas con situación procesal resuelta, es decir: 1764 con prisión preventiva dictada, 269 condenados con sentencia firme, 137 condenados con sentencia no firme. Los restantes 279 internos se encuentran a la espera de resolución o su alojamiento en las dependencias mencionadas obedece a las contingencias propias de los trámites de flagrancia.
En ese marco, la resolución ordenó al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad de la Nación y al Director Nacional del SPF que alcancen un mínimo de 130 traslados semanales, con asignación de unidad de destino, debiendo finalizar el proceso en un plazo máximo de cuatro meses.
“Hasta la fecha de hoy, en la que han transcurrido más de cinco años de la interposición de esta acción, ello no se ha logrado. Además, ha crecido exponencialmente la cantidad de personas alojadas en las dependencias de la Policía de la Ciudad”, señaló la jueza María Mercedes Maiorano.
Y añadió: "Claramente, la situación que dio origen a la promoción de esta acción, lejos de revertirse, ha empeorado. En la actualidad, ha sido dejada atrás la problemática que originó el cierre de ingresos al sistema penitenciario federal, esto es, la pandemia. Sin embargo, con el fin de la situación sanitaria, no se revirtieron las políticas que derivaron en la reducción del otorgamiento de plazas, sino que por el contrario, se insistió con la metodología adoptada desde entonces. Con ello, tampoco cesó la situación de alojamiento transitorio que debió afrontarse para superar las dificultades que acompañaron al COVID19".
En ese marco, la resolución ordenó al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad de la Nación y al Director Nacional del SPF que alcancen un mínimo de 130 traslados semanales, con asignación de unidad de destino, debiendo finalizar el proceso en un plazo máximo de cuatro meses.
En caso de incumplimiento, según se desprende de la decisión, los funcionarios “serán pasibles de ser considerados incursos en los delitos de desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público y se les aplicará la suma de $200.000 diarios en concepto de astreintes sobre sus patrimonios”.