18 de Diciembre de 2025
Edición 7358 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/12/2025

Cambio de puesto violento

A pedido de su empleador, un hombre aceptó de manera excepcional cumplir funciones de sereno en un centro comunitario de Bariloche y fue brutalmente agredido por habitantes de la zona. La ART intentó negar el hecho pero los jueces fueron contundentes y ahora deberán indemnizarlo.

La Cámara del Trabajo de Bariloche reconoció la incapacidad mental por trauma tras agresión violenta en turno de guardia atípico en Bariloche.

La causa se originó cuando un trabajador social de un centro comunitario accedió de forma extraordinaria a realizar tareas de vigilancia nocturna, a solicitud de su jefe. Esta no era una labor habitual para él, ni el sitio contaba con las condiciones adecuadas para ese rol, pero todo transcurría con normalidad hasta entrada la madrugada. 

Durante la madrugada, dos individuos del barrio, relacionados con habituales del lugar, pidieron entrar y el empleado les permitió el acceso sin prever el peligro.

 

En el juicio, se realizaron exámenes médicos y psicológicos. La revisión física no detectó daños corporales permanentes, pero el informe psiquiátrico identificó un trastorno depresivo grave, con efectos notables en su rutina diaria, calidad de vida y equilibrio emocional.

 

Desde ese instante, el escenario se volvió hostil. El hombre fue víctima de amenazas, golpes y maltratos emocionales, además de ser retenido por horas en un ambiente de intimidación permanente. Logró huir y alertar a las autoridades, pero las repercusiones no se detuvieron allí, impactando progresivamente su bienestar mental y su rutina diaria.

En esas horas de cautiverio, sufrió agresiones físicas como quemaduras con cigarrillos, fue forzado a consumir alcohol y a mantenerse despierto, mientras padecía humillaciones constantes.

El incidente de violencia prolongada le generó efectos que emergieron gradualmente, manifestándose en un declive emocional continuo. Según el expediente, revivía el suceso una y otra vez, experimentaba ansiedad aguda, le costaba funcionar en el día a día y sentía un peligro latente, lo que interfería en su desempeño profesional, relaciones sociales y vida personal.

En una primera instancia, la aseguradora de riesgos del trabajo rechazó el siniestro. Sin embargo, la intervención de la Comisión Médica revocó esa decisión y reconoció el carácter laboral del episodio. Aun así, tras el tratamiento brindado, se otorgó el alta médica sin reconocer secuelas incapacitantes, lo que motivó un nuevo reclamo por divergencia en la determinación de la incapacidad y, posteriormente, un reclamo en el fuero laboral.

En el juicio, se realizaron exámenes médicos y psicológicos. La revisión física no detectó daños corporales permanentes, pero el informe psiquiátrico identificó un trastorno depresivo grave, con efectos notables en su rutina diaria, calidad de vida y equilibrio emocional.

El tribunal valoró particularmente la seriedad del suceso en el contexto laboral y la conexión directa entre el trauma y las consecuencias mentales probadas. Aunque el peritaje psiquiátrico sugirió un nivel alto de discapacidad, la Cámara lo ajustó según la escala legal aplicable y estableció una discapacidad laboral permanente parcial del 25%.

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