03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

La acción civil por estafa sigue firme

La Cámara del Crimen revocó la sentencia que había declarado prescripta la acción civil en un caso de fideicomiso ganadero. "El transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible”, recordaron los jueces.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la prescripción de la acción civil en  un caso de fideicomiso ganadero.

La causa se originó con la apelación presentada por el demandante que buscaba la restitución de los fondos invertidos entre 2015 y 2021 en un Fideicomiso de Inversión Ganadera gestionado por los imputados, además de una compensación por lucro cesante. 

 

Para los camaristas, “fue recién mediante el correo del 18 de noviembre de 2021 cuando finalizaron los acuerdos de prórroga -aunque informales- de la vinculación contractual y se desechó la posibilidad de cumplimiento”. Esta fecha marca el inicio del plazo prescriptivo, por lo que la acción civil, intentada en mayo de 2024, “estaba aún vigente”. 

 

La defensa del demandando se opuso a la excepción de prescripción, argumentando el vencimiento del plazo trienal del CCyCN.

El juez de grado había hecho lugar al pedido, considerando que el plazo se inició con el correo electrónico del 16 de abril de 2021, donde B. informó a G. sobre la paralización de la sociedad administradora fiduciaria. 

En dicho mensaje, B. expresaba: “hoy la sociedad no puede ejercer acto alguno como así tampoco sus socios en su representación de manera individual”. 

Tras evaluar el caso, la Cámara revocó esta interpretación al analizar los correos electrónicos aportados. Los camaristas destacan que el email de abril de 2021 no cerraba definitivamente la posibilidad de cumplimiento, sino que evidenciaba acuerdos informales de prórroga.

En particular, los jueces citaron el texto donde Balboa solicitaba apoyo y tiempo: “para los pasos a seguir, precisaré su apoyo. Debe quedar claro que tanto Ud. como yo estamos siendo perjudicados, y mi mayor interés es el de resolver esto lo antes posible, para que podamos cerrar este capítulo sin más dilaciones (…) En los próximo días se comentarán más medidas comunicacionales para volver a la fluidez previa a esta crisis”.

Para los camaristas, “fue recién mediante el correo del 18 de noviembre de 2021 cuando finalizaron los acuerdos de prórroga -aunque informales- de la vinculación contractual y se desechó la posibilidad de cumplimiento”. Esta fecha marca el inicio del plazo prescriptivo, por lo que la acción civil, intentada en mayo de 2024, “estaba aún vigente”. 

Los jueces Julio Marcelo Lucini y Magdalena Laíño remarcaron que “el transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible”.

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