La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de una mujer por los delitos de violación de domicilio reiterada en dos oportunidades –una en concurso real con amenazas- y otra en concurso con amenazas coactivas y amenazas agravadas por el uso de armas.
La causa se originó cuando la procesada, hija de una persona que mantenía un vínculo conflictivo por el alquiler de una oficina, se presentó en el edificio fingiendo ser una sobrina de la víctima para atenderla por un problema de salud.
Tras ponderar los hechos, los jueces Ricardo Matías Pinto y Hernán Martín López, desestimaron los argumentos atinentes a declarar la improcedencia de la figura de violación de domicilio, ya que la mujer empleó un ardid para engañar a la otra y de esa forma, acceder al edificio en donde vive.
Una vez franqueado el acceso por el encargado, se dirigió al departamento y, tras ingresar, “comenzó a insultarla mientras le reclamaba la devolución de unas pertenencias de Mercado. Luego, en forma intimidante le refirió que ‘pensaba volver, pero con otra actitud’ y se retiró”. En consecuencia, la demandante alertó al portero para impedir futuros ingresos.
Otro suceso se registró cuando la víctima abrió la puerta ante un supuesto envío de carta documento, pero se encontró con la imputada, quien “se río, ingresó al departamento y cerró con llave”. Tras rechazar la supuesta notificación, la demandada la insultó, le quitó el teléfono celular y profirió amenazas explícitas: “¿a quién vas a llamar vieja chorra? […] Te vas a morir, dentro de poco te vas a morir […] le robaste todo a mi mamá, mi mamá y yo te vamos a matar, vamos a venir a matarte acá adentro, estás sola y nadie te va a auxiliar”.
En ese contexto, la mujer agarró un cuchillo que estaba sobre la mesa, gritando que “su madre iba a venir a pegarle una flor de paliza y a romperle la cabeza con un palo, si no devolvía las cosas de la oficina”. La damnificada logró salir al palier y cerrar la puerta, pero la denunciada continuó las amenazas desde afuera hasta retirarse.
Tras ponderar los hechos, los jueces Ricardo Matías Pinto y Hernán Martín López, desestimaron los argumentos atinentes a declarar la improcedencia de la figura de violación de domicilio, ya que la mujer empleó un ardid para engañar a la otra y de esa forma, acceder al edificio en donde vive.
“Ello permite concluir que sabía que no podía ingresar a esa propiedad, ya que precisamente recurrió a un método clandestino para lograr que se franquee su entrada”, remarcaron los camaristas.
“Respecto de los edificios de departamentos, se dice que el domicilio comienza allí en el umbral de la puerta de cada unidad. Es decir que las demás dependencias comunes, al cuidado de un portero, deben ser consideradas según el criterio de casas de negocio, que requieren voluntad expresa en contra del ingreso o permanencia [...] cuando se desprende del caso concreto que el sujeto ingresó en esos lugares sabiendo perfectamente que le estaba vedado”, agregaron al respecto.