La Cámara en lo Criminal y Correccional de 10° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a un empresario a la pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional como autor del delito de administración fraudulenta tras ser denunciado por sus propios hermanos, quienes eran sus socios en una empresa familiar dedicada a la actividad metal mecánica que estaba en liquidación.
En un juicio abreviado, el empresario admitió su responsabilidad en el ilícito cometido en el marco de sus funciones como socio gerente a cargo de la administración. Según la acusación sostenida en el juicio por el fiscal Gustavo Arocena, había sustraído una serie de bienes de la empresa en beneficio propio y sin avisar al resto de los socios.
En este escenario, la sala unipersonal -a cargo del camarista Carlos Palacio Laje- estableció como una de las reglas de conducta para evitar el cumplimiento efectivo de la pena la de restituir a la sociedad en liquidación en un plazo de diez días todos los bienes sustraídos: vehículos, grúas, herramientas y otra maquinaria de gran porte.
En el caso, el empresario reconoció el hecho. “Implica, en mi consideración, el primer reconocimiento del error cometido e importa un paso vital hacia la resocialización”, concluyó el magistrado.
Los propios hermanos del acusado, constituidos en querellantes particulares en la causa penal, estuvieron presente en el juicio, aunque desistieron de concretar acción civil. Todo ello en el marco de la causa “Lana, Pablo Guillermo psa. Administración Fraudulenta”.
En los fundamentos de la sentencia, el vocal Palacio Laje valoró en contra del acusado que haya perjudicado a su propia familia, “lo que importa un mayor desprecio y por lo tanto reproche penal”.
En el caso, el empresario reconoció el hecho. “Implica, en mi consideración, el primer reconocimiento del error cometido e importa un paso vital hacia la resocialización”, concluyó el magistrado.