03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025
Resta su promulgación

Pequeñas, pero más grandes

Se aprobó una reforma al Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza que eleva el monto máximo en el Proceso de Pequeñas Causas, para adecuarlo a la inflación y mejorar el acceso a la justicia.

El Senado de Mendoza aprobó la modificación del inciso b) del artículo 218 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario, que eleva de tres a cinco JUS el límite en el Proceso de Pequeñas Causas.

En las cuestiones derivadas de relaciones de consumo de menor cuantía en las que el valor económico del reclamo no supere el equivalente a cinco (5) JUS, cuando la acción sea ejercida por el consumidor o usuario en forma individual. En los demás procesos por cuestiones derivadas de relaciones de consumo de menor cuantía, se aplicará el procedimiento de conocimiento previsto en los artículos 204 y siguientes de este Código”, indica la iniciativa.

 

Con la actualización, los reclamos que antes tenían un tope de tres JUS —equivalentes a aproximadamente $1,5 millones— se extenderán a cinco JUS, lo que representa unos $2,5 millones, tomando como referencia el valor actual de la unidad (cerca de $541 mil).

 

La iniciativa, impulsada por el senador David Sáez y remitida en segunda revisión por la Cámara de Diputados, obtuvo sanción definitiva en la última sesión y quedó en condiciones de ser promulgada por el Poder Ejecutivo.

Con la actualización, los reclamos que antes tenían un tope de tres JUS —equivalentes a aproximadamente $1,5 millones— se extenderán a cinco JUS, lo que representa unos $2,5 millones, tomando como referencia el valor actual de la unidad (cerca de $541 mil).

Durante el debate, Sáez sostuvo que la reforma busca “adecuar la normativa a la realidad económica” y garantizar “el acceso a una justicia más rápida, ágil y gratuita”. También destacó que el Proceso de Pequeñas Causas constituye una herramienta para atender reclamos de consumo de menor cuantía, como compras defectuosas, facturaciones indebidas o problemas con servicios, que muchas veces quedan sin respuesta por los costos de un juicio tradicional.

El legislador agregó que la modificación fue consensuada con la Suprema Corte de Justicia provincial para asegurar “armonía institucional” y fortalecer el espíritu de este procedimiento, orientado a brindar soluciones sencillas y accesibles a personas en situación de vulnerabilidad.

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