03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Google Street View, intimidad y nexo causal

La Justicia rechazó una demanda por daños contra Google por imágenes de Street View: entendió que solo mostraban fachadas desde la vía pública con difuminado y que no se probó el nexo causal con robos invocados por el actor.

Google AI Studio

El Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 4 rechazó una demanda iniciada por un hombre contra Google Argentina SRL y Google Inc. por supuestas violaciones a su intimidad a raíz de imágenes publicadas en el servicio Street View. El actor reclamaba más de tres millones de pesos en concepto de daños y perjuicios, pero el tribunal consideró que las imágenes cuestionadas solo mostraban fachadas desde la vía pública y no se acreditó un vínculo causal con los perjuicios alegados.

El caso se originó cuando el actor denunció que Street View había difundido vistas de su domicilio con el portón abierto, su vehículo estacionado y su lugar de trabajo. Sostuvo que ello habría facilitado un robo en febrero de 2014 y que, como consecuencia, debió mudarse, vender el auto y perdió contratos laborales. También reclamó por daño psicológico y daño moral.

 

El tribunal concluyó —con base en una pericia informática— que las imágenes solo exhibían fachadas y espacios visibles desde la calle, con los correspondientes difuminados. De este modo, no se verificó una intromisión ilegítima en la intimidad.



Las demandadas sostuvieron que Street View toma imágenes panorámicas desde la vía pública, que no se actualizan en tiempo real y que incluyen mecanismos de difuminado para patentes y rostros. Negaron cualquier violación a la Ley de Protección de Datos Personales o a los derechos de intimidad, e impugnaron la existencia de un nexo causal con los robos denunciados.

El juez desestimó en primer lugar la defensa de falta de legitimación pasiva de Google Argentina, al entender que no se acreditó su ajenidad total frente al servicio. Sin embargo, al analizar el fondo, el tribunal concluyó —con base en una pericia informática— que las imágenes solo exhibían fachadas y espacios visibles desde la calle, con los correspondientes difuminados. De este modo, no se verificó una intromisión ilegítima en la intimidad.

Asimismo, aunque se tuvo por probado el hecho del robo, el tribunal entendió que no existía prueba suficiente de que Street View hubiera tenido una relación causal adecuada con los perjuicios alegados. Bajo esta premisa, el juez rechazó íntegramente la demanda y condenó al actor a pagar las costas del proceso, regulando además los honorarios de los letrados y auxiliares intervinientes.

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