La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso presentado por la defensa de Teodoro Bustamante Sotelo, un ciudadano paraguayo detenido en Argentina desde 2020 a solicitud de la justicia de Paraguay, que requiere su extradición por delitos graves cometidos en 2015.
Bustamante Sotelo está acusado en su país de origen de haber participado en un robo en el que, junto a otros individuos, habría irrumpido en la vivienda de la esposa de un militar, donde además se perpetró una agresión sexual.
Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso de queja, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, al considerar que no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable.
El hombre fue localizado en González Catán, provincia de Buenos Aires, donde residía en una vivienda construida en un terreno ocupado, utilizando la identidad de uno de sus hermanos para evadir a las autoridades paraguayas.
Tras su detención, la defensa se opuso al proceso de extradición y solicitó asilo político ante la Comisión Nacional para los Refugiados (CO.NA.RE.), lo que mantiene suspendido el trámite de extradición a la espera de información adicional requerida al gobierno paraguayo.
Entre los argumentos de la defensa, se destacó la solicitud de esclarecer las circunstancias de la muerte de Dionisio Bustamante Sotelo, hermano del detenido, quien fue extraditado a Paraguay en enero de 2020 y falleció en prisión. La defensa alegó que su cliente podría enfrentar un riesgo similar, sugiriendo que el deceso de su hermano fue consecuencia de torturas.
La defensa oficial llevó el caso hasta la Corte Suprema tras no obtener resultados favorables en instancias inferiores.
Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso de queja, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, al considerar que no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable.
Paralelamente, la defensa solicitó el cese de la prisión preventiva, argumentando que se había excedido el plazo máximo de tres años establecido para esta medida.
El juez federal Jorge Rodríguez rechazó el pedido, señalando que persisten riesgos procesales, dada la gravedad de los cargos y la probabilidad de que Bustamante Sotelo intente nuevamente eludir a la justicia. Esta decisión fue confirmada por Casación.
La fiscalía, por su parte, se opuso a la liberación, destacando la gravedad de los delitos imputados y la inminencia del proceso de extradición. De este modo, Bustamante Sotelo permanecerá detenido en Argentina a la espera de la resolución definitiva del trámite de extradición.