El Gobierno Nacional creó el “Régimen de conservación, administración y disposición de los bienes provenientes de actividad ilícita cautelados y recuperados en los procesos penales de competencia nacional y federal y de extinción de dominio”. Fue oficializado en el Boletín Oficial a través del Decreto 575/2025.
"Que, en lo que atañe a la administración de los bienes decomisados, la actual regulación concibe la gestión de tales bienes como un asunto meramente logístico, sin considerar su potencialidad estratégica para el fortalecimiento institucional", indica el decreto.
Entre otras cuestiones, se prevé la confección de un inventario público y actualizado, con trazabilidad de los bienes y sus producidos, en miras a garantizar la transparencia en todas las etapas del proceso, desde la recepción del bien hasta la distribución final de los recursos generados por su disposición por el órgano competente, con el objeto de "facilitar el control ciudadano e incrementar la confianza en las instituciones estatales".
La decisión incluye la creación de un Consejo de Bienes Recuperados, en el ámbito del Ministerio de Justicia, que funcionará como órgano colegiado de "supervisión, evaluación y toma de decisiones respecto de los bienes recuperados y cautelados en favor" del Estado Nacional.
Ahora, la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros no contará con competencia para "la administración y la conservación de los bienes provenientes de actividad ilícita, cautelados y recuperados en los procesos penales de competencia nacional y federal y en los procesos de extinción de dominio previstos en el Decreto N° 62 del 21 de enero de 2019".
Desde el Ejecutivo agregaron, asimismo, que actualmente la gestión de los bienes cautelados y recuperados del delito "se lleva a cabo de forma fragmentada y dispersa, limitando su aprovechamiento estratégico y reduciendo su impacto potencial como herramienta de fortalecimiento institucional".
Los órganos judiciales competentes deberán poner “bajo custodia, depósito y administración” de la cartera de Justicia, los bienes cautelados y recuperados que hayan sido objeto de medidas judiciales en causas en trámite o concluidas con sentencia firme.
Por lo que el nuevo Régimen también busca establecer "una escala para la distribución de los recursos provenientes de los bienes recuperados, para garantizar que cada uno de los organismos involucrados reciba una asignación adecuada y previsible, que posibilite el fortalecimiento de sus capacidades operativas y mejore la planificación presupuestaria".
"Que, asimismo, la incorporación de los distintos organismos previstos en la escala de distribución propuesta demuestra una mirada sistémica del problema del delito y del uso de bienes recuperados, toda vez que cada uno cumple una función estratégica diferente en la lucha contra el delito y en la protección de derechos, por lo que su financiamiento contribuye a una política criminal más efectiva y coordinada".
La distribución "responde a una perspectiva integral del sistema de justicia penal, que exige el fortalecimiento coordinado de todos los actores institucionales para asegurar una respuesta efectiva y articulada frente al delito, en especial del proveniente del crimen organizado", según explicaron.
Los órganos judiciales competentes deberán poner “bajo custodia, depósito y administración” de la cartera de Justicia, los bienes cautelados y recuperados que hayan sido objeto de medidas judiciales en causas en trámite o concluidas con sentencia firme. Al respecto, el Consejo de la Magistratura deberá determinar los bienes que conforman este universo mediante un relevamiento de los casos dentro del plazo improrrogable de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigencia del decreto; mientras que la cesión de la administración, depósito y custodia de estos bienes en favor del Ministerio deberá materializarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la presentación del relevamiento.