03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025
Por la Acordada 22/2025

Decomisos reglamentados

La Corte aprobó un aprobó un reglamento para los bienes decomisados en causas penales. Se estableció cómo se realizará el registro y el proceso para asignarlos a otros organismos.

(SantaFe Gob)

Se aprobó el “Reglamento de efectos secuestrados que no puedan entregarse a sus dueños y objetos decomisados en causas Corte Suprema de Justicia de la Nación penales”. Lo hizo el Máximo Tribunal mediante la Acordada 22/2025, que lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

En concreto, la Corte busca "coordinar la colaboración interinstitucional y adoptar acciones concretas para la identificación, localización, embargo, secuestro y decomiso de bienes y el recupero de activos de origen ilícito".

La normativa vigente establece que constituyen recursos específicos y propios del Poder Judicial de la Nación “el producto de la venta o locación de bienes muebles o inmuebles afectados al Poder Judicial de la Nación”, “los efectos secuestrados en causas penales que no hayan podido entregarse a sus dueños” y los “objetos comisados”. También establece que la Corte “tendrá amplias facultades para (…) determinar el régimen de percepción, administración y contralor de sus recursos” y para “adoptar las medidas que considere convenientes para efectuar el control y exigir el cobro de [esos] recursos”.

De este modo, la Corte busca reglar el proceso para que otros organismos puedan ser beneficiarios de los mismos y trasparentar el registro de los bienes con su publicación en la página oficial del Máximo Tribunal.

 

Además, se dispuso que la información contenida en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales de competencia de la Justicia Nacional y Federal (BBSD) deberá encontrarse disponible al público en general en un micrositio en la página web de la propia Corte, con la preservación de la identidad de los titulares de los bienes y de los terceros y sin indicación de los detalles concretos de su identificación.

 

“La experiencia y las necesidades actuales justifican que otros órganos vinculados con la administración del servicio de justicia, como el Ministerio Público Fiscal y el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, así como otras reparticiones nacionales o locales, que acrediten fehacientemente una finalidad de interés público, puedan ser beneficiarias de asignaciones provisorias de bienes muebles secuestrados que por su valor económico y cultural puedan cumplir una utilidad social”, indica la acordada.

Explicaron, en este sentido, que ello permitiría una “asignación más eficiente y directa de recursos a entidades que contribuyen significativamente en la lucha contra el delito y fortalecería aún más el impacto positivo de la recuperación de activos de origen ilícito, a la vez que optimizaría su utilización en beneficio de la sociedad”.

Además, se dispuso que la información contenida en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales de competencia de la Justicia Nacional y Federal (BBSD) deberá encontrarse disponible al público en general en un micrositio en la página web de la propia Corte, con la preservación de la identidad de los titulares de los bienes y de los terceros y sin indicación de los detalles concretos de su identificación.

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