03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Golpiza seguida de muerte: Los altos cargos también son responsables

El TOF de Neuquén condenó a funcionarios y agentes penitenciarios por torturas seguidas de muerte contra de una persona detenida. La primera autopsia había determinado que la víctima falleció de “muerte súbita”, y no como consecuencia de la golpiza. Un segundo informe lo desmintió.

(Foto de Ron Lach)

El Tribunal Oral Federal de Neuquén, integrado por Simón Bracco, Alejandro Silva y Alejandro Cabral, condenó a altos funcionarios y agentes penitenciarios - director, subdirector y jefe del Área Médica de la Unidad 9, y de jefe de Región- por torturas seguidas de muerte contra de una persona detenida.

De este modo, se fijó las penas que deberán cumplir seis agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) condenados por un hecho ocurrido el 8 de abril de 2008 en la Prisión Regional del Sur, Unidad 9, cuando un grupo numeroso de agentes golpeó brutalmente hasta provocarle la muerte al detenido Argentino Pelozo Iturri.

La víctima estaba detenida en el Penal de Ezeiza hasta que fue trasladado intempestivamente a la Unidad 9 de Neuquén. Tanto en su partida de Ezeiza como en su ingreso a la unidad fue golpeado en reiteradas ocasiones.

El 8 de abril, a tres días de llegar a Neuquén, Pelozo Iturri fue atacado por el celador del pabellón y otros agentes del cuerpo de la requisa. Lo golpearon dentro de su celda y en el camino hacia la enfermería del penal. Recibió golpes de puño, patadas, bastonazos en la cabeza, y golpes con los escudos. Además sufrió asfixia porque los agentes se le tiraron encima, según se desprende de la investigación.

En el mes de noviembre de 2018 declararon tres testigos que estaban privados de su libertad cuando Pelozo Iturri fue torturado por los penitenciarios y relataron cómo fue la golpiza recibida por la víctima. En un primer momento, la autopsia había dictaminado que la víctima falleció de “muerte súbita”, y no como consecuencia de la golpiza a la que fuera sometida, pero esta conclusión fue controvertida desde un principio.

 

El 20 de marzo de 2019, el TOF de Neuquén condenó a 14 miembros del SPF, con penas que llegaron hasta la prisión perpetua para los ocho agentes considerados coautores del delito de imposición de tortura seguida de muerte, y que alcanzaron también a otros seis funcionarios que no impidieron el hecho, que omitieron denunciarlo y que lo encubrieron. 

 

En este escenario, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) se constituyó como parte querellante e impulsó la realización de un nuevo examen médico.  En noviembre de 2012, este organismo presentó otro informe y concluyó que el detenido había muerto como consecuencia de los golpes recibidos.

A partir de ello, el juez federal de Neuquén ordenó la realización de un nuevo peritaje, y fue así que el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente corroboró el resultado del segundo informe.

El 20 de marzo de 2019, el TOF de Neuquén condenó a 14 miembros del SPF, con penas que llegaron hasta la prisión perpetua para los ocho agentes considerados coautores del delito de imposición de tortura seguida de muerte, y que alcanzaron también a otros seis funcionarios que no impidieron el hecho, que omitieron denunciarlo y que lo encubrieron. Estos últimos funcionarios recurrieron la sentencia, y la Cámara Federal de Casación Penal, si bien confirmó el fallo condenatorio, ordenó fundamentar las penas nuevamente.

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