03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Voló de comercial y aterrizó en federal

La Cámara Comercial se declaró incompetente para tratar una demanda por incumplimiento en el canje de millas aéreas y resolvió remitir el expediente a la Justicia Civil y Comercial Federal.

(Alan Wilson)

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió confirmar la declaración de incompetencia dictada en primera instancia en el expediente “Murias Bauzá, Patricio y otro c/ LAN Argentina S.A. s/ Ordinario” y ordenó remitir las actuaciones al fuero Civil y Comercial Federal. 

La decisión se apoyó en una reevaluación del criterio jurisdiccional aplicable a conflictos que, si bien se originan en relaciones de consumo, involucran el servicio de transporte aéreo.

La causa fue iniciada por dos particulares que demandaron a la aerolínea LAN Argentina por presuntos daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato vinculado a la “compra de millas”. Según la demanda, las millas adquiridas no pudieron ser utilizadas como pretendían, por lo que reclamaron reparación económica.

 

“Se trata, como es claro, de una cuestión que involucra la operatoria comercial de la demandada, quien se ha vinculado con la actora en función de normas de derecho privado, que, en lo que al caso interesa, conciernen a los derechos del consumidor, no a la regulación contenida en las normas aeronáuticas…”

La Sala, ntegrada por los jueces Matilde Ballerini, Alejandra Noemí Tevez y Eduardo R. Machin sostuvo que si bien en casos anteriores había considerado que estos conflictos debían tramitar ante la Justicia Comercial por tratarse de relaciones privadas entre consumidores y empresas, corresponde ahora ajustar ese criterio a la luz de recientes fallos del máximo Tribunal del país.

 “Se trata, como es claro, de una cuestión que involucra la operatoria comercial de la demandada, quien se ha vinculado con la actora en función de normas de derecho privado, que, en lo que al caso interesa, conciernen a los derechos del consumidor, no a la regulación contenida en las normas aeronáuticas…de modo reciente, la Corte Suprema de Justicia dictó sendos pronunciamientos en los que decidió que, cuando se controvierte la regularidad del proceder de una línea aérea y la cuestión central debatida se vincula principalmente con el servicio de transporte aéreo, surte el fuero federal ", indicó el fallo.

 

La sentencia se refiere a tres decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictadas el 8 de octubre de 2024: “Guerra c/ Despegar.com.ar”, “Rey c/ Aerolíneas Argentinas” y “Galeano c/ Despegar.com.ar”. En dichos precedentes, la Corte reafirmó que cuando el objeto principal del litigio involucra el servicio de transporte aéreo, corresponde la intervención de la justicia federal.

 

En particular, la sentencia se refiere a tres decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictadas el 8 de octubre de 2024: “Guerra c/ Despegar.com.ar”, “Rey c/ Aerolíneas Argentinas” y “Galeano c/ Despegar.com.ar”. En dichos precedentes, la Corte reafirmó que cuando el objeto principal del litigio involucra el servicio de transporte aéreo, corresponde la intervención de la justicia federal.

Siguiendo esta doctrina, la Sala concluyó que el reclamo por canje de millas para obtener pasajes aéreos implica, en definitiva, una controversia sobre la ejecución de un servicio de transporte, lo cual habilita la competencia federal. Aunque no se discutió una cuestión técnica aeronáutica, se trató de un servicio cuya prestación —o su ausencia— remite al régimen legal de la aviación comercial.

 



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