Pese a la gravedad de los cargos y la pena en expectativa (de 6 a 20 años), el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca excarceló a una acusada de narcotráfico agravado por el uso de menores y la intervención de una organización, ya que entendió que las condiciones personales de la imputada habilitaban una solución alternativa al encierro.
“No puede dejar de sopesarse que conforme el principio de humanidad de la pena, la privación de la libertad no puede implicar un trato cruel, inhumano o degrandante y nunca puede devenir en un factor de agravamiento de las condiciones de salud.”
El fallo, firmado por los jueces Ernesto Pedro F. Sebastián, Sebastián Luis Foglia y José Fabián Asís, ponderó que "no puede dejar de sopesarse que conforme el principio de humanidad de la pena, la privación de la libertad no puede implicar un trato cruel, inhumano o degrandante y nunca puede devenir en un factor de agravamiento de las condiciones de salud.”.
La resolución se dictó luego de un extenso recorrido procesal: primero fue rechazada la excarcelación por el Juzgado Federal N.º 1 y por la Cámara Federal de Bahía Blanca; luego, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) anuló dichas decisiones por considerar que no se valoraron adecuadamente las condiciones personales de la encartada.
Según surge de la resolución, durante la audiencia celebrada por videoconferencia, la Defensa Oficial subrayó que la imputada padece un cuadro severo de salud: HIV avanzado, cáncer de útero, depresión, y un acceso limitado al tratamiento. Además, resaltó que su entorno de vida se agravó tras las inundaciones en el barrio Ingeniero White de Bahía Blanca, donde reside con su hijo menor y su pareja.
El informe socioambiental dio cuenta de un cuadro de precariedad económica, aislamiento social y deterioro físico, que la propia acusada atribuyó a la imposibilidad de movilizarse para obtener asistencia médica o ayuda estatal. “Estoy abatida, muy complicada, porque todo me cuesta muchísimo”, dijo en una entrevista.
El Asesor de Menores también respaldó el pedido, argumentando que debía priorizarse el interés del hijo de la imputada y el principio de mínima afectación de la pena a terceros.
“La ausencia de una exposición sobre cómo la imputada podría exitosamente entorpecer el curso de la investigación plantea interrogantes sobre la razonabilidad de tal aseveración. Tal análisis no solo debe basarse en suposiciones, sino respaldarse con razonamientos que demuestren la probabilidad sustancial de que dicha acción se lleve a cabo de manera exitosa.”
Por su parte, la Auxiliar Fiscal se opuso a la libertad, argumentando el riesgo de fuga y de entorpecimiento probatorio, en virtud de la gravedad de los delitos imputados y la proximidad del juicio.
El Tribunal, sin embargo, rechazó ese planteo; señaló que ocho de las quince personas imputadas en la causa ya se encuentran en libertad, varias con calificaciones similares o idénticas. Además, remarcó que no se individualizaron elementos concretos de prueba cuya producción se viera amenazada por la libertad solicitada:
"La ausencia de una exposición sobre cómo la imputada podría exitosamente entorpecer el curso de la investigación plantea interrogantes sobre la razonabilidad de tal aseveración. Tal análisis no solo debe basarse en suposiciones, sino respaldarse con razonamientos que demuestren la probabilidad sustancial de que dicha acción se lleve a cabo de manera exitosa.”, aseguraron los magistrados
Con base en los artículos 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal, la Cámara concluyó que la prisión preventiva no era proporcional ni necesaria, dispuso la excarcelación y ordenó imponer medidas sustitutivas: fijación de domicilio, presentación quincenal en la comisaría, prohibición de salida del país y retención del pasaporte.