03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Augusta amplía su operatividad

La Suprema Corte bonaerense puso en funcionamiento la segunda etapa de interoperabilidad de su sistema y el de la Procuración General. Para qué trámites estará disponible y cómo se debe utilizar.

La Suprema Corte de Justicia, en coordinación con la Procuración General, puso en funcionamiento los nuevos servicios digitales provistos por los sistemas AUGUSTA, SIMP, Inforec, Receptoría Penal y Receptoría Penal Juvenil.

El sistema estará disponible para la interposición de Recursos de Apelación sobre Amparos desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven, ante la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo; para la interposición de Incidentes de Competencia desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal.

 

La medida comenzó a regir desde el 1 de julio bajo el nuevo “Protocolo de actuación para los procesos penales”. 

 

Finalmente, para el inicio de causas en materias de familia, desde las Unidades Fiscales o Ayudantías fiscales al Juzgado de Paz o a la Receptoría de Expedientes para su adjudicación al Juzgado de Familia correspondiente.

La SCBA recordó que “el proceso de implementación gradual e incremental de la interoperabilidad entre los sistemas de gestión de la Suprema Corte y de la Procuración General, deberá continuar y extenderse a todos los fueros, en la medida de las necesidades de interacción de los integrantes de ambas Jurisdicciones”.

En cuanto a esta nueva modalidad, se especificó que la Presidencia de la Cámara procederá a su ingreso en el sistema AUGUSTA mediante el módulo de Radicación Electrónica (Inicio de Causa), como así también las piezas adjuntas correspondientes, y efectuará -de corresponder- el sorteo de Sala.

Por su parte, el Juzgado de Garantías remitirá a la Presidencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, por medio de una Interposición de Incidente de Competencia electrónica desde SIMP, el auto que lo funde, a través del trámite “Oficio - Interposición de Recurso por Cuestión de Competencia”. 

La Fiscalía, Unidad Fiscal o Unidad Funcional de Instrucción que, por las características de la investigación en curso, deba derivar actuaciones al fuero de Familia o a la justicia de Paz, remitirá un inicio electrónico de causa a través del trámite "Oficio - Remisión a Fuero de Familia/Paz", a la Receptoría General de Expedientes o al Juzgado de Paz correspondiente a la localidad de la denuncia (en base a la opción que hubiera ejercido la víctima). 

Una vez radicada la causa en el Juzgado de Familia o Juzgado de Paz, se asignarán automáticamente los accesos recíprocos entre SIMP y AUGUSTA para la consulta de las actuaciones entre los órganos vinculados.

La medida comenzó a regir desde el 1 de julio bajo el nuevo “Protocolo de actuación para los procesos penales”. 

 


 

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