18 de Julio de 2025
Edición 7254 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/07/2025

La valija no apareció, pero la condena sí

La Cámara Federal de Salta condenó a una empresa de asistencia al viajero a abonar U$s 1.000 en concepto de suma asegurada por extravío de un equipaje. La pérdida se dio durante una escala aérea.

La Cámara Federal de Salta condenó a una compañía de asistencia al viajero a abonar a una mujer la suma de U$s 1.000 o su equivalente en moneda nacional al momento del efectivo pago en concepto de suma asegurada por extravío de un equipaje.

Se trata de la demanda contra la aerolínea Copa Airlines S.A. y la empresa de asistencia al viajero Assist Card S.A. por los daños y perjuicios que dijo haber padecido a raíz de la pérdida de su equipaje. La demandante regresó junto a su familia a Asunción, República del Paraguay desde Orlando, EE.UU, previa escala en Panamá en un vuelo de Copa Airlines y al procurar en el aeropuerto retirar el equipaje despachado se dio con la sorpresa que faltaba una valija, por lo que realizaron el pertinente reclamo. 

El personal de la aerolínea que atendió su queja les dio la esperanza que la valija llegaría en los próximos días, pero nunca apareció y le ofrecieron la suma de U$s 1.640. Posteriormente, la mujer recurrió a la instancia conciliatoria extrajudicial en el ámbito de la secretaría de defensa del consumidor, donde le ofrecieron $50.000 por todo el daño sufrido, lo que implicó una reducción del 50% de la anterior oferta. 

En primera instancia se estimó procedente el reintegro de los gastos de alojamiento y estadía en la ciudad de Asunción por la suma de U$s 1.173, a lo que se agregaron U$s 1.717 por la pérdida de la valija. Además, se rechazó el pago del total de la suma reclamada de U$s 4.568, destacándose que si bien la actora acompañó tickets de compra de prendas y otros bienes en el exterior, no acreditó que efectivamente éstos componían el contenido del equipaje, pues para ello debió realizar, al despacharla, una declaración jurada especial de su valor. 

 

En el caso, la compañía aseguradora sostuvo que la primera comunicación de la actora ocurrió 14 días después de que se extravío la valija, lo que implicó "la exclusión de la cobertura, toda vez que no se dio a la empresa la oportunidad de activar su red de localización inmediata al hecho".

 

En cuanto a la reparación pretendida por daño moral, se la admitió por el quantum reclamado ($ 200.000), destacándose la situación de angustia que la accionante debió atravesar y el tiempo que tuvo que invertir para realizar trámites tendientes a intentar recuperar el equipaje.

En la decisión de grado no se condenó a la aseguradora, pero este punto fue revocado por la Alzada. . 

Sin embargo, Assist Card S.A. en un primer momento no negó el resarcimiento que ahora se reclama, sino todo lo contrario pues vía correo electrónico le recomendó llegar a un acuerdo económico con la aerolínea y “una vez que haya terminado el trámite con ellos, puede solicitar los beneficios respectivos directamente con Assist Card, que detallo a continuación: Indemnización por extravío del equipaje: U$S 3.000 (hasta 3 bultos de U$S 1000”. 

 

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