10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024
Córdoba

Violencia de género con fuero especializado

Este lunes se oficializó la ley que crea el Fuero Penal en Violencia de Género que crea dos Juzgados de Control, dos Asesorías Letradas de Víctimas y seis Fiscalías de Instrucción

En el día de hoy fue publicada la ley 10.753, sancionada por la Legislatura provincial el pasado 21 de abril y que crea un nuevo fuero especial penal de Violencia de Género que "entenderá en las previsiones de las Leyes Nº 9283 y sus modificatorias -de Violencia Familiar-, Nº 10352 -de Adhesión a la Ley Nacional Nº 26485- y Nº 10401 -de Protección Integral a las Víctimas de Violencia a la Mujer por cuestión de Género, en el marco procesal, administrativo y jurisdiccional-, y demás normas concordantes y correlativas"

El fuero se integrará por dos Juzgados de Control, dos Asesorías Letradas de Víctimas y seis Fiscalías de Instrucción en el Centro Judicial Capital de la Primera Circunscripción Judicial.

En los Centros Judiciales del interior provincial habrá seis Fiscalías de Instrucción con competencia en violencia de género.

Por su parte, en las restantes Circunscripciones y Centros Judiciales, se mantendrá la competencia en violencia de género en los términos en que la tienen asignada.

 

También se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para cumplimentar las disposiciones de la presente Ley.

 

Además, la ley faculta al Tribunal Superior de Justicia y a la Fiscalía General a dictar la normativa que corresponda para asignar o reasignar las causas que se encuentren en trámite y a organizar la estructura y ámbito de actuación de los órganos.

En los casos que los actos de violencia de género importen la comisión de uno o más delitos contra la integridad sexual, intervendrán las Fiscalías de Instrucción que tienen asignada la competencia en dicha materia.

También se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para cumplimentar las disposiciones de la presente Ley.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Incluirá causas entre los años 2018 y 2021
Violencia de género bajo auditoría

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486