02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024

Freno judicial a las fiestas electrónicas

Tras la muerte de una joven, la justicia de Córdoba exhortó a las autoridades locales para que no autoricen más estos eventos. El fallo destacó que la medida no se relaciona con el género musical en sí.

(Foto de Yan Krukau)

La Cámara Criminal y Correccional de 6° Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada por Enrique Buteler, Pablo Brandán y Esteban Díaz Reyna, exhortó a las autoridades del Poder Ejecutivo municipal, del Concejo Deliberante y a los tribunales de faltas municipales para que no autoricen más la realización de fiestas electrónicas debido a las muertes que ocasionan.

Lo hizo al dictar los fundamentos de la sentencia que condenó a Iván Aballay, Héctor O. Baistrocchi, Mario A. Novaro y Walter F. Barreto por la muerte de Tania Abrile en una fiesta electrónica organizada en el Estadio Orfeo Superdomo.

Aballay y Baistrocchi fueron condenados por facilitación de lugar para consumo de estupefacientes doblemente agravada y homicidio culposo; mientras que Novaro fue declarado partícipe necesario de facilitación de lugar para consumo de estupefacientes doblemente agravado y Barreto, autor del delito de homicidio simple.

“Ha quedado demostrado que se trata de una actividad de comprobada, inevitable y de grave riesgo para la salud y vida de nuestros jóvenes que, además, difunde una cultura de consumo y la propia ingesta de sustancias sumamente nocivas para su salud y vida, con claro beneficio para las organizaciones criminales que se encargan de su producción y comercialización”, dijeron los camaristas.

De este modo, los jueces exhortaron a las autoridades encargadas “a no habilitar y prohibir la realización de fiestas electrónicas” para “evitar nuevas muertes y daños a la salud de nuestros jóvenes”.

En la causa se señaló la vinculación de estos eventos con el consumo y la difusión de esta clase de drogas, y sus graves peligros para la vida de las personas.  Así, los jueces hicieron hincapié en las medidas sanitarias excepcionales que se adoptan para la habilitación de estos eventos, propias de actividades de alto riesgo - shock room, consultorios médicos, la presencia de numerosos médicos y enfermeros, servicios de ambulancias y socorristas-, como así también la exigencia de puestos de hidratación; pues ello, únicamente puede asociarse con la previsión de consumo de esas sustancias, con sus serios riesgos para la vida y salud de sus asistentes.

 

También destacaron el “impacto que produce el respaldo estatal mediante la habilitación legal de estas actividades, debido a su trascendencia en procesos sociales de normalización, desensibilización y habituación a estos riesgos”. 

 

Respecto a la neutralización de los riesgos, los camaristas subrayaron el fracaso dado que estas medidas no lograron acabar con la seguidilla de muertes producidas. Aclararon, sin embargo, que la exhortación no se relaciona con el género musical en sí, sino con los contextos específicos que se despliegan en estos eventos, donde se crean ambientes “definidos por una combinación de factores sociales, culturales y ambientales” que al integrarse tienen estas graves repercusiones en la incentivación y producción del consumo de estas sustancias.

Indicaron, asimismo, que se demostró que en ellas predomina una subcultura en la que el consumo se vive como parte misma de la propia experiencia, por lo que -según la sentencia- “las fiestas electrónicas configuran un entorno especialmente favorable para el consumo y difusión de drogas de diseño, particularmente éxtasis (MDMA)”, la sustancia que ocasionó la muerte de Tania Abrile.

También destacaron el “impacto que produce el respaldo estatal mediante la habilitación legal de estas actividades, debido a su trascendencia en procesos sociales de normalización, desensibilización y habituación a estos riesgos”. 

Y concluyeron: “Un factor que actúa incentivando a los jóvenes a participar en ellas exponiéndose más a estos peligros, al confiar en las seguridades que supone su autorización por parte de los propios entes estatales encargados procurar el bien común (seguramente, la misma confianza que depositan en ello sus padres). Ello trasciende también a las fiestas clandestinas, pues tal legalización termina nutriéndolas de más público, al incrementar sus adeptos y aumentar la base de consumidores de esta clase de sustancias, dificultando aún más su combate preventivo”.



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