10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024

En redes no vale todo

Se conocieron los fundamentos de la condena al influencer Emmanuel Danann por un posteo discriminatorio en la red social Twitter. Se analizó la difusión del posteo y la viralización de la imagen de la víctima junto a comentarios despectivos.

(Instagram)

Hace apenas algunos días se conoció que el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas 21 de la ciudad de Buenos Aires, a cargo de Jueza Paula Nuñez Gelvez, condenó al influencer y youtuber Emmanuel Danann a la sanción de 300 unidades fijas de multa por discriminar en sus redes sociales. Además, se le impuso la prohibición de volver a nombrar o referirse a la víctima en cualquiera de sus plataformas o en cualquier medio de alcance público.

Todo comenzó cuanto el influencer publicó en su perfil de la red social Twitter (actualmente X) una imagen de la víctima- una mujer transgénero- indicando: “si no hacemos de cuenta que este viejo raro es una mujer podemos tener problemas legales”. La publicación fue borrada y ya no estaba disponible, pero el posteo fue visto unas 264.000 veces, tuvo unos 4897 “me gusta”, unos 72 comentarios, 905 “retuiteos” y fue guardada 37 veces.

La víctima afirmó que como consecuencia de la publicación sintió miedo, ya que el denunciado resulta ser una persona con muchos seguidores, que puede magnificar el alcance de las publicaciones en redes. Es que algunos seguidores afirmaron que todo se solucionaba a los golpes o "con una escopeta”.

La defensa de Danann, por su parte, no negó la autoría aunque aseveró que nunca le produjo un daño a la denunciante, ni quiso hacerlo, sino que ella “solo manifestó una molestia por el hecho de que se hubiera utilizado su imagen”.

En el caso se solicitó la imposición de la pena de multa por la contravención prevista en el artículo 71 del Código Contravencional, esto es, discriminación por “razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condiciones psicofísica, social, económica, laboral o por cualquier otra circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo de derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos o la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

 

La magistrada porteña destacó que la propia víctima dijo que se “sintió muy mal porque le cuesta mucho mostrarse como quiere ser y está tratando de hacerlo visible y una vez que lo hace una persona se burla”

 

La fiscal Andrea Scanga, titular de la Fiscalía especializada en Discriminación del MPF porteño, sostuvo que la publicación discriminatoria generó una propaganda descalificatoria respecto de la víctima, quien hasta ese momento tenía un perfil social desconocido. También expresó que la conducta del influencer atentó "contra derechos personalísimos, como el honor, la dignidad, su imagen, su derecho a autodeterminarse y su identidad de género", y discriminó a todo el colectivo trans.

Pero ahora se conocieron los fundamentos de la condena: "Ha quedado demostrado que los dichos constituyeron actos de violencia psicológica y simbólica en tanto, utilizó la imagen de una mujer trans, que ejercía legítimamente su derecho a la libertad de expresión y sintió, una vez más, configurada la agresión que percibe al salir a la calle o exponerse, esta vez en redes sociales". 

La magistrada porteña destacó que la propia víctima dijo que se “sintió muy mal porque le cuesta mucho mostrarse como quiere ser y está tratando de hacerlo visible y una vez que lo hace una persona se burla”. Y añadió: “Esto, a pesar de los esfuerzos de la defensa en argumentar la inexistencia de un daño —en clara alusión a la falta de un resultado fáctico—, pero haciendo caso omiso a la circunstancia de que la conducta desplegada por G. implicó la vulneración de intereses jurídicamente tutelados”.

"Sumado a que no puedo desconocer que el alcance del resultado lesivo se vio magnificado por la relevancia que tiene G., fundamentalmente en el ámbito de las redes sociales, que generó que A. se encontrara en la mira de más de 264.900 personas (al menos al momento del resguardo de la publicación del imputado), muchas de las cuales se manifestaron en contra de su identidad, la agraviaron e incluso la amenazaron", concluyó.



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