26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Homologan acuerdo laboral en feria

La inflación no se toma descanso

Tras revocar la decisión de instancia anterior, la Cámara Federal de Mar del Plata habilitó la feria judicial para que se homologue un acuerdo laboral. La medida busca que la suma no se deprecie frente a la inflación.

La Cámara Federal de Mar del Plata habilitó la feria judicial para que el juez de primera instancia homologue un acuerdo laboral arribado en la causa "Pietrantueno, Jose Alberto C/  Pesquera Veraz S.A. S/ Despido".

En el caso se solicitó la habilitación de la feria judicial a efectos de resolver la homologación del acuerdo alcanzado en el expediente, argumentando que se encuentran reunidos los requisitos excepcionales previstos por la normativa legal. Sin embargo, el Juzgado Federal de Mar del Plata 4, a cargo del juez subrogante Santiago Inchausti, no advirtió "una situación en la cual la demora propia del receso judicial pudiera ocasionar un perjuicio irreparable para el letrado hasta tanto se retome la actividad judicial normal". Esta decisión fue apelada.

En este escenario, la Alzada señaló que la naturaleza en cuestión a decidir "no se encuentra expresamente comprendida entre los asuntos que merecen ser atendidos" durante el receso, pero el mismo Reglamento de esa Cámara dispone que, “sin perjuicio de la enumeración expuesta, se tramitarán los asuntos que a criterio de los Sres. jueces de feria no admitan demora y ocasionen perjuicios por su inactividad”.

 

Las actuaciones fueron remitidas al juzgado de origen a los efectos de proveer lo que "corresponda en la homologación del acuerdo solicitada, sin demora", según se desprende de la decisión.

 

"En el caso particular, donde el cobro del acuerdo transaccional que arribaron las partes depende de la homologación del mismo y dadas las actuales circunstancias sociales y económicas imperantes, estimamos que a fin de no depreciar la suma acordada producto de la inflación diaria, corresponde habilitar la feria", dijeron los magistrados Alejandro Tazza y Bernardo Bibel.

Las actuaciones fueron remitidas al juzgado de origen a los efectos de proveer lo que "corresponda en la homologación del acuerdo solicitada, sin demora", según se desprende de la decisión.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486