26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Un rugido en Tribunales

El Máximo Tribunal declaró su competencia originaria para intervenir en una causa impulsada por la organización ambientalista Greenpeace que busca frenar el desmonte en el territorio de las provincias en las que habita el Yaguareté.

(Greenpeace)

En el expediente “Fundación Greenpeace Argentina c/ Salta, Provincia de y otros s/ amparo”, la Corte Suprema de Justicia declaró su competencia originaria. Se trata de una causa impulsada por la organización ambientalista Greenpeace que busca frenar el desmonte en el territorio de las provincias en las que habita el Yaguareté. 

Greenpeace había presentado una acción de amparo contra las mencionadas provincias, el Estado Nacional y la Administración de Parques Nacionales para que se les ordene conservar y preservar el hábitat en el que vive el Yaguareté. Asimismo, solicitó una medida cautelar para que se suspenda el desmonte en la región pertinente, para toda actividad agro-ganadera.

Dicha acción la realizaron en nombre y representación de la especie “Yaguareté” como “sujeto de derechos”, el cual se encuentra casi en extinción (hay menos de 20 ejemplares en el Gran Chaco argentino). En ese punto, solicitaron que la acción sea caratulada con la especie Yaguareté como accionante. En subsidio, la entidad ambientalista se presentó como legitimado activo.

 

La cuestión había sido incorporada al temario de audiencias públicas en 2022, pero nunca se llevó adelante. 

 

En razón de la materia (protección de un bien jurídico federal, el Monumento Natural especie Yaguareté, tutelado por una ley nacional) y de las personas involucradas en el conflicto (cuatro provincias, entre otras), en su dictamen, la procuradora Laura Monti entendió que el máximo tribunal tiene competencia originaria para intervenir en la causa.

“(..) la denuncia que se efectúa tiene como fundamento principalmente la violación de los fines de interés nacional plasmados en ley 25.463 que declaró Monumento Natural a la Panthera onca conocida como Yaguareté, la ley 22.351 de Parques Nacionales, que protege en inviolabilidad de los monumentos naturales, forma absoluta la y la ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nati vos, que promueve su conservación y mantenimiento frente a los desmontes”, advirtió Monti.

En este escenario, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti resolvieron que la causa corresponde a su competencia originaria y requirieron al Estado Nacional (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación), a la Administración de Parques Nacionales –por medio del libramiento de los oficios correspondientes– y a las provincias del Chaco, Salta, Formosa y Santiago del Estero los informes circunstanciados que prevé el artículo 8° de la ley 16.986, en el plazo de 30 días corridos.

La cuestión había sido incorporada al temario de audiencias públicas en 2022, pero nunca se llevó adelante. Argentina es el país de Sudamérica en el que quedan menos yaguaretés, cerca de 250 individuos; pero en la región del Gran Chaco se ha producido una importante disminución en la última década.



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