26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

No corre ni vuela

Aerolíneas Argentinas deberá resarcir económicamente a un hombre que llegó tarde a una carrera de Fórmula 1 en Brasil por una demora en el vuelo. La empresa deberá hacerse cargo de una indemnización de 200 mil pesos por daño punitivo.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de General Roca, Río Negro, condenó a Aerolíneas Argentinas a indemnizar a un hombre que llegó tarde a una carrera de la Fórmula 1 en Brasil por demoras a causa de reclamos gremiales.

En la causa "A. O. A. C/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. S/ SUMARISIMO (DERECHO DEL CONSUMIDOR)", se detalló que el 8 de noviembre de 2018 el demandante debía volar con la empresa desde Neuquén hacia Buenos Aires, donde tomaría un vuelo de Turkish Airlines para llegar a tiempo a Sao Pablo. Pero el día pactado llegó con tres horas de anticipación al aeropuerto de Neuquén y allí supo de la cancelación “por una huelga del personal”, sin más información.

Pese a las gestiones y explicaciones, el hombre no logró que lo reprogramen para el mismo día en otro vuelo de Aerolíneas ni que le costeen un pasaje en alguna de las otras dos líneas aéreas que estaban operando con normalidad. Sólo recibió como propuesta un pasaje para el día siguiente, algo que no le servía porque esa misma noche debía tomar el vuelo internacional.

 

 

Para los camaristas, la respuestá de la empresa fue "claramente insuficiente", ya que la oferta de reprogramar el vuelo para el otro día, sabiendo expresamente cuál era la urgencia del pasajero, no hacía más que "frustrar la finalidad de su viaje" y "no podía obrar con la desaprensión con la que obró".

 

Ante la falta de solución, el hombre manejó hasta Buenos Aires, pero no llegó a tiempo para el vuelo a Brasil ni pudo reprogramarlo, por lo que debió comprar otro pasaje de ida, ya para el día siguiente, resignándose a no poder ver las pruebas de clasificación del primer día de la competencia. Además, tuvo que pagar una multa de 219 dólares para poder usar el vuelo de regreso que ya tenía pago con la aerolínea de bandera turca.

Para el Tribunal integrado por Dino Maugeri, Víctor Soto y Gustavo Martínez "la cancelación del vuelo le ocasionó un daño muy grave, ya que su viaje a Brasil estaba programado con muchos meses de antelación; que había ahorrado dinero por mucho tiempo exclusivamente para cumplir un anhelo personal" y "tanto los pasajes aéreos a la ciudad del evento, como así también hoteles en aquel sitio y entrada al evento, ya habían sido abonados".

Para los camaristas, la respuestá de la empresa fue "claramente insuficiente", ya que la oferta de reprogramar el vuelo para el otro día, sabiendo expresamente cuál era la urgencia del pasajero, no hacía más que "frustrar la finalidad de su viaje" y "no podía obrar con la desaprensión con la que obró".

Finalmente, los magistrados ordenaron una indemnización por daño punitivo a $200.000 y aumentaron el daño moral a $90.000. A eso se suman los intereses acumulados y todos los gastos extra que ya se le habían reconocido al damnificado en el fallo de primera instancia.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486