13 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/05/2024
La iniciativa se tratará en el recinto

Todo listo para el cannabis medicinal

La Cámara de Diputados emitió dictamen favorable con el el marco regulatorio del cannabis medicinal y cáñamo. Estipula la creación de una agenda para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis y de sus productos derivados. 

La Cámara de Diputados de la Nación le dio dictamen favorable al marco regulatorio de la industria del cannabis medicinal y cáñamo, propuesto por el gobierno y con media sanción del Senado, y quedó listo para ser tratado en el recinto.

El objetivo principal del proyecto de ley es crear un marco regulatorio de "la cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial".

El marco amplía las facultades de la Ley 27.350, sancionada en 2017, que quedó circunscrita a la investigación y con accesos limitados al cannabis medicinal. 

Entre sus principales puntos se encuentra la creación de una Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), como organismo descentralizado que funcionará en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo, con autarquía administrativa, funcional, técnica, y financiera, con jurisdicción en todo el territorio nacional.

La ARICCAME establecerá los requisitos y antecedentes que se solicitarán al peticionante, con el fin de maximizar los controles destinados a prevenir actividades ilegales, incluyendo el lavado de activos.

Asimismo, dicha agencia deberá acuñar normativa conjunta y/o generar convenios de cooperación con el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la AFIP, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la IGJ y la UIF.

El marco amplía las facultades de la Ley 27.350, sancionada en 2017, que quedó circunscrita a la investigación y con accesos limitados al cannabis medicinal. 

Por otra parte, se contempla un régimen sancionatorio "por incumplimientos a las disposiciones y/o a las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, con sanciones que van desde el apercibimiento, la multa, la suspensión de la autorización para desarrollar la actividad, la caducidad de la autorización, y la inhabilitación para operar en los plazos previstos en la reglamentación".

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Amparo en favor de un menor con discapacidad
Habiliten el aceite de cannabis
Garantizar el derecho a la salud con "acciones positivas"
Cannabis supremo

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486