02 de May de 2024
Edición 6957 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/05/2024

A regular las taser

Tras la polémica generada por el caso del músico Santiago "Chano" Moreno, se presentó en la Cámara de Diputados un proyecto para regular el uso de dichas armas. La iniciativa destacó que en diciembre de 2019, el gobierno derogó el protocolo de uso de armas de fuego y no letales.

Se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para crear un marco regulatorio sobre el uso de armas no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacional, donde se especifique en qué condiciones y circunstancias pueden ser utilizadas. 

El objetivo es "eliminar cualquier tipo de controversia respecto de las mismas, que sólo deberán utilizarse exclusivamente en situaciones en que hubiera estado justificado el empleo de una fuerza mayor o letal y siempre que no produjere un daño excesivamente superior al que se quiere hacer cesar".

En ese sentido, prohíbe su utilización contra personas vulnerables, tales como niños, mujeres embarazadas o ancianos y en otros supuestos que no hagan aconsejable su uso de acuerdo a criterios científicos y conforme lo determine la reglamentación.” 

El proyecto también establece la obligatoriedad de contar con armas electrónicas no letales en todos los móviles policiales afectados a tareas de prevención y su disponibilidad en eventos, espectáculos o lugares de  concurrencia masiva de público donde el uso del arma de fuego pueda suponer un riesgo a la vida de terceros.

El texto “impone al Ministerio de Seguridad el deber de elaborar un informe anual, con la evaluación y el seguimiento respecto del uso de armas no letales por parte de las fuerzas policiales y de Seguridad Nacional, el que deberá ser remitido a las comisiones de Seguridad Interior de ambas Cámaras Legislativas del Congreso de la Nación con las recomendaciones respecto a las posibles modificación del marco normativo”.

Entre sus argumentos, la iniciativa sostiene: “Es imprescindible aprobar dicha normativa para tener que dejar de lamentar hechos graves, sea por la utilización de armas de fuego o desistir del uso de la misma, dotando al personal de las fuerzas de seguridad de una alternativa intermedia que, de manera proporcional y racional, sea idónea para repeler una agresión, defender la vida de terceros o evitar la comisión de un delito".

Asimismo, recordó que "en el año 2019 el Ministerio de Seguridad emitió la Resolución 395/2019, dictada por la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich, mediante la cual se aprobaba y reglamentaba su uso, normativa fue derogada por el actual Gobierno Nacional, mediante la Resolución 1231/2019, lo que ha ocasionado un vacío legal en esta materia y la  imposibilidad de proceder a su adecuado y correcto empleo”.

“Es imprescindible aprobar dicha normativa para tener que dejar de lamentar hechos graves, sea por la utilización de armas de fuego o desistir del uso de la misma, dotando al personal de las fuerzas de seguridad de una alternativa intermedia que, de manera proporcional y racional, sea idónea para repeler una agresión, defender la vida de terceros o evitar la comisión de un delito.” concluye el texto presentado.

 

 

 

 

 

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