24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

La Corte bonaerense se digitalizó

El Máximo Tribunal bonaerense aprobó el uso de la firma digital para sentencias y resoluciones, que se podrá utilizar tanto los días de semana y horarios inhábiles. También habilitaron las reuniones por medios telemáticos.

A través de un Acuerdo, los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires aprobaron la firma digital para sus sentencias y resoluciones, teniendo en cuenta el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo de la Nación por la pandemia del COVID-19.

La normativa firmada por todos los miembros del Tribunal establece que podrán realizar reuniones a distancia, por medios digitales, y firmar, "ya sea de manera ológrafa o digital, las sentencias y resoluciones que emita, tanto en materia jurisdiccional como en ejercicio de superintendencia".

La decisión de los supremos incluye el Régimen de Acuerdo Continuo, que implica que cualquier clase de actos del Tribunal podrán firmarse todos los días hábiles de la semana, incluso en horas inhábiles sin necesidad de decretar acuerdos extraordinarios ni habilitaciones de días y horas ad hoc.

"La decisión forma parte del proceso de actualización tecnológica permanente que promueve la Suprema Corte de Justicia, en consonancia con el mandato constitucional de asegurar la tutela judicial continua y efectiva", sostiene el texto publicado en la página oficial del organismo.

Al respecto, agregaron que: "Al progreso en términos de celeridad, eficacia y transparencia que representan estas innovaciones se añade su aporte para que el servicio de justicia funcione de manera compatible con la necesidad de proteger la salud de las personas y con los requerimientos impuestos a raíz de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus".

La decisión de los supremos incluye el Régimen de Acuerdo Continuo, que implica que cualquier clase de actos del Tribunal podrán firmarse todos los días hábiles de la semana, incluso en horas inhábiles sin necesidad de decretar acuerdos extraordinarios ni habilitaciones de días y horas ad hoc.

Para que la medida sea puesta en práctica de manera exitosa, los integrantes del Máximo Tribunal provincial establecieron "un régimen reglamentado que sea de aplicación gradual y progresiva, teniendo en cuenta las características propias de cada una de las áreas jurisdiccionales y de superintendencia del Tribunal".

 

 

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