09 de May de 2024
Edición 6962 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 10/05/2024

Morir esperando

La justicia de General Roca ordenó indemnizar a los herederos de una mujer que falleció mientras esperaba que su aseguradora le reconozca los arreglos de su auto, el cuál sufrió cuatro choques.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de General Roca ratificó un fallo que condenó a una concesionaria y una empresa de seguros a indemnizar a los herederos de una mujer que murió mientras esperaba que le reconozcan los daños de su coche accidentado.

La causa "OME DE KLIMBOVSKY ELVIRA C/ SCATENA ADOLFO Y OTROS S/ ORDINARIO" comenzó cuando un matrimonio compró un cero kilómetro en 2010. En 2011 la pareja sufrió cuatro choques, todos reconocidos y cubiertos por su aseguradora, quien, para reparar todos los daños juntos contrató el servicio de taller de la misma concesionaria que había vendido el auto. Desde esa fecha, los demandantes comenzaron un camino judicial que aún no termina por los arreglos deficientes, los repuestos demorados, las acusaciones cruzadas y las informaciones falsas.

La titular del vehículo llevaba varios años luchando contra el cáncer y falleció esperando que las empresas cumplan. Su marido, un hombre mayor con una discapacidad motriz, siguió impulsando el reclamo judicial y logró días atrás una condena millonaria contra la compañía de seguros y la concesionaria.

En el fallo se detalla que el auto ingresó al taller por primera vez el octubre de 2011 y los dueños lo retiraron en noviembre, pero seguían las fallas. Esperaron casi un año por los repuestos que faltaban, y volvieron al taller en noviembre de 2012. En mayo de 2013 la empresa les informó que estaba listo, pero exigía a los dueños el pago de la franquicia del seguro y otros rubros para entregarlo.

“Se ha verificado una conducta reiterada y sumamente grave de la concesionaria, quien no solo demoró injustificadamente las reparaciones -y sigue demorándolas- como hemos visto, sino que además llegó hasta proveer repuestos usados en partes vitales del vehículo, que conllevaban un riesgo para la circulación. Esto configura mucho más que un incumplimiento a los deberes de información y trato digno”, explicaron los jueces.

Para la Cámara “quedó absolutamente probado” que el auto “era extraordinariamente necesario” para la pareja: por la discapacidad de él, por la enfermedad de ella y porque debían atender cotidianamente a sus padres ancianos, que vivían en la zona de chacras.

“Pero lo que considero muchísimo más grave, es que la Sra. A. debió enfrentar nada menos que un cáncer que a la postre le quitó la vida y además de no contar con el vehículo para la movilidad que su tratamiento reclamaba, debió lidiar con las demandadas por el pésimo trato que le dispensaron", agregaron los magistrados.

Para el Tribunal, es un agravante que la demandante murió sin recuperar el vehículo que, en el marco de una prestación normal, "le debió haber sido entregado en perfectas condiciones de uso en pocos días y, a varios años de su fallecimiento, el mismo sigue sin ser entregado”.

 

 


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