16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024

Cuidemos a los chicos del alcohol

Un Tribunal de Córdoba condenó con diez días de prisión al dueño de un boliche por haberse comprobado que se vendieron bebidas alcohólicas en su local a menores de edad durante una fiesta electrónica. El magistrado tomó en cuenta el compromiso asumido por Argentina para con la Organización Mundial de la Salud (OMS).

En autos “D., R. A. p.s.inf. PROHIBICIÓN DE EXPENDIO O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES - art. 55 del Código de Convivencia Ciudadana - Ley Pcial. Nro. 10.326”, el Juzgado de Competencia Múltiple de Córdoba condenó al dueño de un boliche con diez días de arresto y 30 días de clausura del local por considerarlo como autor responsable de la falta prevista por el artículo 55 del Código Civil y Comercial, esto es, por incumplimiento de la prohibición de expendio o consumo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años y mayores de 14.

 

En tal sentido subrayó que “el empeño en la sanción de contravenciones vinculadas al expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad importa no solo el cumplimiento de obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino, sino, también y fundamentalmente, la asunción de un compromiso social para erradicar este flagelo nacional y global”.

 

 

De los hechos constatados surge que al contraventor se le atribuye que en marzo de 2017, en su local, durante una fiesta electrónica ("Locos"), vendió a través de sus empleados por lo menos en dos oportunidades bebidas alcohólicas (vino tinto y cerveza) a cuatro menores de edad, y que como consecuencia de tal ingesta alcohólica, uno de los menores fue derivado al Hospital Provincial de Mina Clavero “Dr. Luis F. María Bellodi”, en donde recibió tratamiento médico, siendo dado de alta el mismo día y entregado a su progenitora, sin que se haya puesto en peligro su vida.

La decisión tomada por el titular del Juzgado de Competencia Múltiple de Cura Brochero, José María Estigarribia, se debe a que "en el marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Argentina ha asumido el compromiso, conjuntamente con otros miembros del organismo, de reducir el consumo global de alcohol en un 10% para 2025 con respecto a los índices de 2010".

Sin embargo, analizó que "como se desprende del “Informe Mundial sobre Alcohol y Salud 2018”, esta meta se encuentra lejos de cumplirse", ya que el mismo sostiene que en 2016 murieron más de 3 millones de personas a consecuencia del consumo nocivo de alcohol. 

En tal sentido subrayó que “el empeño en la sanción de contravenciones vinculadas al expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad importa no solo el cumplimiento de obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino, sino, también y fundamentalmente, la asunción de un compromiso social para erradicar este flagelo nacional y global”.

Además, señaló que los patrones de consumo de alcohol más altos en Argentina se dan en los adolescentes de entre 15 y 19 años, y concluyó que "es necesario que la sociedad en su conjunto y los organismos estatales, en particular, asuman un mayor compromiso en el uso de los mecanismos administrativos y judiciales para proteger a esta franja etaria".

 

 

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