30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Ciudad: la Justicia suspendió la actividad de las empresas de delivery

 

El Juzgado de Feria Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la Ciudad habilitó la Feria Judicial y suspendió la actividad de reparto de mercadería y entrega de sustancias alimenticias a domicilio en ciclorodados o motovehículos, por parte de toda empresa que no haya dado cumplimiento a lo respecto por la ley 5526 y su reglamentación. En este sentido, las empresas Rappi Arg. S.A.S. (RAPPI), Kadabra S.A.S. (GLOVO), y Repartos Ya S.A. (PEDIDOS YA) deberán entregar a la Justicia en el término de dos días una lista completa de su personal, la constancia de haber entregado por su cuenta y cargo a la totalidad del personal los implementos de seguridad vial, la acreditación de que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente y las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART. Asimismo, el fallo ordenó el bloqueo inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de dichas empresas.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486